La seguridad pública, un derecho humano esencial

Por RUBEN SARLO (*)

La idea fuerza en seguridad resulta ser que el objetivo de las intervenciones contra el delito y la violencia no sea otro que la seguridad del propio Estado, que se logra generando las condiciones para el mantenimiento de determinado orden político, jurídico, económico o social. Dicho de otra manera, desde que el delito y la violencia interpersonal alteran ese “orden de lo público” el aparato estatal debe tener la capacidad operativa para suprimir esas alteraciones. Es una de sus funciones específicas y su razón de ser. Sin embargo hace ya muchos años que la inseguridad ciudadana aumenta exponencialmente, generando un enorme gasto humano y social irreparable. Entran a jugar aquí conceptos y competencias que alcanzan al accionar policial y judicial, pero todo dentro del marco central de la actuación política de quienes gobiernan, a través de lo que denominamos “política criminal”, es decir, la implementación el tipo de política en seguridad que queremos tener.

ESTADO DE DERECHO Y DERECHOS HUMANOS

El Estado de Derecho es un sistema jurídico-político en el cual se subordina el poder al derecho y se respetan los derechos humanos para todas las personas por igual, sin excepción. Básicamente, podemos decir que ello implica que el imperio de la Ley alcance tanto a los gobernantes como a los gobernados; que exista el control judicial sobre los actos de gobierno; que se garantice el respeto absoluto por la igualdad de todos los ciudadanos; la elección de los gobernantes a través del voto popular; la división de poderes; la responsabilidad de los gobernantes y el pluralismo político. Todo ello se encuentra inmerso en el marco del sistema de nuestra Constitución Nacional, como Ley suprema e instrumento jurídico que impone límites al poder político. Va de suyo entonces que los pilares fundamentales de los derechos humanos de los ciudadanos, se conforman con el Estado de Derecho y la democracia. Los tres conceptos son indisolubles e interdependientes.

EL MONOPOLIO DE LA FUERZA LO DETENTA EL ESTADO

La seguridad pública tiene su sitio originario en nuestro sistema de vida social, a través de las leyes y organismos que para ello existen. La Policía y el Poder Judicial -dentro de los límites y facultades legales emitidas por los poderes pertinentes- sintetizan el conjunto de herramientas que tiene el Estado para monopolizar el uso de la fuerza, siempre en beneficio de sus ciudadanos, nunca en contra. De allí que es tan importante que los controles existan y funcionen correctamente. Y todo ello debe enmarcarse en un respeto absoluto por los derechos fundamentales de la ciudadanía, señalando claramente los alcances y límites del accionar de las fuerzas públicas en el uso de dicha prerrogativa en el seno de la sociedad.

EL ALCANCE DE LA EXPRESION “SEGURIDAD CIUDADANA”

Dicha expresión no se refiere -como vulgarmente se considera- únicamente a la seguridad de las personas que viven en ámbitos urbanos, sino además a la idea de ciudadanía democrática concebida como la capacidad de ser sujetos de derechos. Luego de haber transitado los argentinos largos períodos de autoritarismo e intolerancia sobre el paradigma de la idea de mantenimiento del orden jurídico y de la autoridad del Estado por sobre todas las cosas, hoy debe reencauzarse el rumbo hacia la conceptualización de una seguridad ciudadana que tenga como objetivo preservar derechos y libertades, a la vez que ofrecer un servicio público a la ciudadanía, y cuya misión fundamental radique en proteger la seguridad de sus ciudadanos para que puedan desarrollarse y gozar de una mejor calidad de vida.

Hoy debe reencauzarse el rumbo hacia la conceptualización de una seguridad ciudadana que tenga como objetivo preservar derechos y libertades

Este enfoque, donde se respetan todos y cada uno de los estándares legales que hacen a la cuestión, asegura que el ciudadano no se vea ahogado por el Estado a punto de coartar su libertad ciudadana. Todo lo contrario. El enfoque es “humanocéntrico” porque pone a la persona humana como fin último y tiene que ver con las obligaciones estatales de garantizar los derechos de quienes se encuentran bajo su jurisdicción. Se ha llegado así a entender que una teoría de los derechos fundamentales es en realidad la expresión socio-política y jurídico-doctrinaria de la contienda histórica que se ha desarrollado entre los individuos y los grupos sociales frente al Estado. No obstante ello tampoco significa entender una seguridad ciudadana extremadamente laxa, porque el objeto fundamental es la prevención y el control del delito y la violencia dentro de una comunidad determinada y es el Estado el garante de que el sistema funcione, pero siempre con el cuidado del ciudadano como meta y razón de ser.

LA SEGURIDAD CIUDADANA COMO DERECHO HUMANO

Entonces, además de la protección legal del ciudadano contra eventuales abusos del poder estatal, la garantía de seguridad ciudadana se refiere en mi caso, a los peligros y amenazas que sufre el ciudadano generalmente a manos de sus pares, y en algunas ocasiones por parte de funcionarios u organismos del poder, fuera del marco de sus funciones específicas. Este cuadro impide al ciudadano el entero desarrollo del resto de sus derechos para una convivencia plena. La reforma constitucional de 1994 agregó al artículo 42 de nuestra Carta Magna -expresamente a la seguridad. El valor seguridad opera entonces como derecho fundante para garantizar el ejercicio de los demás derechos constitucionales. Podemos ver que en éste campo nos enfrentamos a realidades prioritarias y esenciales, porque nuestro derecho a la seguridad configura un derecho humano vinculado fuertemente con la dignidad humana, que constituye la fuente y fundamento de todos los derechos humanos. Y siendo la seguridad el fundamento prioritario para el natural despliegue de nuestras capacidades en sociedad, protección a la vida y la salud, de la libertad, la solidaridad, la multiculturalidad ,la creatividad, etc., ese derecho a la seguridad ciudadana configura la posibilidad de vivir en un ambiente dentro del cual todos los derechos humanos sean ejercitados y respetados, tanto por parte de los individuos como por parte del Estado. Y la ausencia de seguridad ciudadana o su defectuosa administración por parte del Estado, constituye una violación esencial a los derechos humanos, por lo cual debo decir -aunque es de conocimiento público mi respeto por las entidades de derechos humanos y su permanente lucha en favor de su defensa- que no advierto de su parte el énfasis que deberían poner ante la ola de inseguridad que nos invade a los argentinos y las falencias del sistema de protección legal para vivir mejor. Creo que es una asignatura pendiente y que no puede descuidarse, porque en ello está nuestra calidad de vida, nada más y nada menos.

 

(*) Fiscal de juicio. Departamento judicial La Plata

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Rubén Sarlo
Seguridad Ciudadana

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