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Fallo de la Corte pone la lupa sobre una tasa que cobran las comunas

Miguel Lunghi, intendente de Tandil

Por Redacción

Hizo lugar a un amparo que frena la percepción por parte de la municipalidad de Tandil

El cobro por parte de numerosas comunas de tasas que apuntan a financiar los gastos en Seguridad quedó bajo la lupa judicial. Es que la Suprema Corte acaba de hacer lugar a una medida cautelar planteada contra la decisión de la municipalidad de Tandil que conduce el radical Miguel Lunghi, de empezar a percibir una contribución para financiar parte del servicio que brinda la policía.

La Corte no se expidió sobre el planteo de inconstitucionalidad, pero acogió la cautelar que obliga al municipio a cesar en el cobro de esa tasa que rige desde principios de este año.

Con la firma de los jueces Luis Genoud, Hilda Kogan, Héctor Negri, Eduardo Pettigiani y Eduardo de Lázzari, se hizo lugar a la medida cautelar presentada por el abogado y dirigente del espacio massista Sebastián Eduardo Romay, quien planteó la inconstitucionalidad de la ordenanza que creó la “Tasa Complementaria de Protección Ciudadana”.

Romay había expuesto que dicho tributo fue incluido como un adicional del cobro de la Tasa Retributiva de Servicios Públicos, Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial y Unificada de Actividades Económicas por parte de la comuna, pero dirigido al apoyo y sustento del servicio que brinda la Policía.

El abogado consideró que dicha prestación debería ser soportada con recursos de la Provincia e incluso mencionó que el municipio adhirió a ley de Policías Comunales que establece que su financiación estará a cargo del tesoro provincial.

Como se dijo, el alto tribunal no se expidió sobre la cuestión de fondo, esto es, la inconstitucionalidad de la tasa. Pero el fallo abre un fuerte interrogante sobre la procedencia del cobro que realizan muchas comunas sobre ese mismo concepto.

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