Dejó sin resolver el estatus del embrión

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“Entre los temas conflictivos que el Código no resuelve con la claridad deseada, quizás uno de los más importantes sea el referido al comienzo de la existencia de la persona humana. Porque si bien en el proyecto original se marcaba una distinción entre la concepción natural y los embriones obtenidos por técnicas de reproducción asistida, esa distinción resultó tan polémica que solamente se mantuvo la parte que dice que la persona humana comienza su existencia con la concepción. Por lo que terminó remitiendo la regulación de la tutela del embrión no implantado a una ley especial. Con este panorama, pienso que el Código continúa reflejando la ausencia de un debate serio, interdisciplinario y sin dogmas inflexibles acerca del estatus jurídico de los embriones humanos no implantados, desaprovechando el camino que sobre ese punto ya viene recorriendo la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

 

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