Por “inducir al suicidio”, hasta 4 años de prisión

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De acuerdo con el Código Penal argentino, se establece penas de prisión “de uno a cuatro años, al que instigare a otro al suicidio o le ayudare a cometerlo, si el suicidio se hubiese tentado o consumado”. En el artículo 83 de ese cuerpo normativo, además, se aclara que si se obliga a la víctima a suicidarse mediante violencia física o moral sobre personas cercanas, el delito se considera homicidio.

En el Libro Segundo del Código, en el que se describen los delitos en sus diferentes modalidades y la graduación penal correspondiente a cada uno de ellos, los ilícitos contra la integridad de las personas ocupan los artículos 79 a 108. Respecto de la instigación al suicidio, se caracteriza con conducta dolosa con dos variantes; una de ellas es precisamente la instigación, “mediante amenazas, consejos, bromas u órdenes”; la otra, la ayuda, “entendida como colaboración material”.

En cualquiera de los casos, para que exista delito, la ley establece que debe tratarse de “un suicidio consumado o de una tentativa idónea”.

CONDENA AL SUICIDA

Llamativamente, hasta el siglo pasado el suicidio era punible para quien lo cometía, y esa pena recaía sobre los hombros de sus herederos, quienes podían llegar a ser privados de la herencia. En el Proyecto Tejedor, pionero intento de codificación penal nacional redactado en 1864 por Carlos Tejedor, se despojaba al suicida de sus derechos civiles y disposiciones testamentarias; la tentativas fracasadas de suicidio se penaban con un encierro en cárceles de máxima seguridad y bajo estricta vigilancia durante uno a tres años.

La era de la impunidad del suicidio, a partir de la idea de que una persona muerta no puede ser condenada, se impuso en el plano judicial a fines del siglo XII, como producto de teorías humanistas.

En la actualidad, sólo es punible aquel que con su conducta ha instigado o ayudado a otro a suicidarse. Y la instigación se ejerce a partir de consejos, cargadas, bromas de mal gusto, órdenes...

Tanto la instigación como la ayuda deben ser dolosas: esto implica que quien ayuda sabe que el otro quiere suicidarse, pero igual colabora.

Pena máxima
Cuatro años es el máximo de prisión que pueden caberle a quienes inciten o alienten a otros a quitarse la vida, con la modalidad de instigación o ayuda, si el suicidio se hubiese intentado o consumado

 

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