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¿Adiós a la tolerancia cero?

Por LIMA

Los enfoques de “tolerancia cero” que piden anular los contratos de asociación público-privada afectados por la corrupción generan más efectos negativos a la economía y al erario público que otras medidas “proporcionales”, apunta un informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

El documento “Efectos de la corrupción en los contratos de asociaciones público-privadas. Consecuencias de un enfoque de tolerancia cero” analiza los marcos legales de América Latina que estipulan la anulación de los acuerdos afectados por la corrupción.

Asimismo, constata que el uso de “herramientas legales más proporcionales”, que incluyan sanciones pero que habiliten la continuación de la sobras, son mas recomendables.

Roberto de Michele, autor del informe y experto sénior en Transparencia, Integridad y Anticorrupción del BID, explicó a Efe que las políticas de “tolerancia cero” generan y arrastran “la nulidad de toda la cadena”, afectando a proveedores inocentes, al tiempo que retiran los incentivos “para quienes financian sigan financiando”, lo que genera “una parálisis”.

“Otro enfoque es la respuesta proporcional, y aquí hay algo importante, y es que eso no implica dejar de considerar que haya responsabilidades por hechos ilegales. No permite al corrupto lavarse las manos, pero no es así, solo sugiere contar con una batería de medidas aislar el hecho de corrupción en la medida de lo posible”, afirmó el analista.

Según indicó De Michele, el “análisis técnico” de este asunto da la impresión de que “los países con abanicos más amplios” de respuesta ante la corrupción tienen mejores posibilidades para tomar decisiones lo menos dañinas posible. En ese sentido, recordó que en los casos de corrupción hay que administrar “dos principios”, el de “asegurar la transparencia y el de asegurar la viabilidad de la obra”.

Entre otras medidas alternativas a la “tolerancia cero”, el informe sugiere incorporar remedios que permitan continuar con los proyectos “mientras se aplican medidas correctivas y disuasorias como multas, inhabilitaciones futuras o reemplazo de subcontratistas”.

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