Las empresas de servicios no podrán dejar de enviar boletas impresas
| 21 de Junio de 2018 | 18:54

A partir de una ley que fue publicada el lunes de esta semana en el Boletín Oficial, el Gobierno decidió dar marcha atrás a la medida que permitía a las empresas de servicios enviar las facturas por mail.
Según consignó Clarín, el “Mega DNU” 27/2018 aprobado en enero permitía a las empresas elegir cuál era el medio más adecuado para enviar sus boletas.
El decreto modificaba de esa manera una ley de Defensa el Consumidor en la que se establecía preferencia sobre las facturas en papel. Además, establecía que "en caso de no estar determinado el soporte, este deberá ser electrónico”.
En tanto en el caso de los bancos y tarjetas, se les otorgaba el poder de “optar por enviar el resumen en soporte electrónico”, “salvo que el consumidor establezca expresamente” su preferencia por el papel.
Ahora, la ley 27.444 deroga los alcances de ese DNU por lo que se volverá al régimen anterior y los prestadores de servicios no podrán dejar de enviar sus boletas impresas.
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