En encerronas

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Romina Tamburrini (*)

La existencia de Unidades para mujeres o módulo “femeninos” en cárceles de varones no garantiza una mirada de género. Solo da cuenta que están todas juntas bajo un patrón ajeno. El delito relacionado con estupefacientes según el art. 5º de la ley 23.737 indica pena de reclusión o prisión de 4 a 15 años y multas. Esto se sustancia por vía de un juicio abreviado, en la mayoría de los casos con pena de entre 4 y 5 años de prisión, pudiendo acceder con el tiempo a la libertad asistida y libertad condicional a los 26 meses y a los 32 meses respectivamente. Según las mujeres detenidas esto es prácticamente un modelo de trabajo. En estos casos a pesar de tratarse de adictas a las sustancias que comercializan, no reciben ningún tratamiento específico, diferencial de las respuestas tratamentales de otros delitos. La cárcel actúa como factor de aislamiento, “se nos retira del medio en donde se descubre el delito”, dicen. En otros países, como México, por ejemplo, el trabajo en círculos tratamentales de base restaurativa y guardias médicas interdisciplinares para crisis de abstinencia, ha demostrado eficacia para revertir cuadros crónicos y severos. Esto sería muy valioso si se sigue optando por el encierro como modo de ejecución de las penas, pues la adicción es un problema en la mayoría de las situaciones que circunscriben al delito.

(*) Integrante del área Ejecución de la Fundación Acción Restaurativa Argentina

 

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