Autonomía al Programa de Protección de Testigos

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El sistema contemplado en el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados, que dependía directamente del Ministerio de Justicia, quedó transformado - a partir de ayer- en una nueva dependencia, con estatus de Agencia y autonomía funcional del Poder Ejecutivo, según lo dispuso el Gobierno a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia.

“Transcurridos más de 15 años de vigencia de la Ley N° 25.764 (que implementó ese programa) y, en especial, la experiencia recogida en los últimos años, se ha vuelto necesario efectuar un reordenamiento institucional orientado a fortalecer su accionar y garantizar las condiciones para su actuación independiente”, señaló el Poder Ejecutivo en los fundamentos de la medida, publicada en la edición de ayer del Boletín Oficial.

Además del cambio de estatus del Programa, la norma -que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y de los ministros- deja al mismo tiempo abierta la posibilidad de que denunciantes de hechos de corrupción puedan ser incluidos en el alcance de medidas protectivas, al señalar que su alcance puede ser ampliado a “delitos vinculados a la delincuencia organizada o de violencia institucional”.

Si bien el nuevo ente, al que se le dio rango de Agencia Nacional, actuará dentro del ámbito del Ministerio de Justicia de la Nación, el DNU 795/2019 establece que se trata de “un ente autárquico dotado de autonomía funcional” que, a la vez, contará con un Consejo Consultivo del que participarán representantes de la Cámara Federal de Casación Penal, de la Procuración General de la Nación y del Ministerio de Seguridad.

Críticas de Casación

La Cámara Federal de Casación Penal manifestó ayer su “preocupación” por el Decreto de Necesidad y Urgencia con el que el presidente Mauricio Macri creó la Agencia Nacional de Protección de Testigos en reemplazo del Programa que dependía del ministerio de Justicia de la Nación.

Ocho de los jueces del máximo tribunal firmaron ayer un oficio que dirigieron a la Corte Suprema de Justicia para expresar su preocupación por “la compatibilidad” de la aplicación del DNU “en relación a las atribuciones constitucionales y legales” de la Cámara de Casación Penal.

El oficio fue firmado por los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma, Ana María Figueroa, Guillermo Yacobucci, Gustavo Hornos, Javier Carbajo, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña. Mientras que el juez Juan Carlos Gemignani fue el único votó en disidencia.

 

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