Fue confirmada la perpetua para el hombre que asesinó a su ex esposa y simuló un suicidio

En su pedido de impugnación, la defensora sostuvo que Vivar (30) se suicidó y que el tribunal de primera instancia que realizó el debate había tenido una "arbitraria valoración de las pruebas para reconstruir la secuencia fáctica"

La Cámara Penal de Comodoro Rivadavia confirmó hoy la pena de prisión perpetua para un hombre condenado en abril por haber estrangulado a su ex esposa Valeria Vivar y simular un suicidio en enero de 2016, en una casa de esa ciudad chubutense, informaron fuentes judiciales.

Los camaristas Guillermo Müller, Martín Montenovo y Daniel Pintos resolvieron rechazar la impugnación de la sentencia interpuesta por la defensa de Héctor Gallardo (39), declarado culpable del delito "homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género".

El Ministerio Público Fiscal (MPF) de Chubut informó que en la audiencia de impugnación estuvo presente la fiscal general Cecilia Codina y la defensora pública Viviana Barillari.

En su pedido de impugnación, la defensora sostuvo que Vivar (30) se suicidó y que el tribunal de primera instancia que realizó el debate había tenido una "arbitraria valoración de las pruebas para reconstruir la secuencia fáctica".

Por su parte, la fiscal Codina pidió que no se haga lugar a la impugnación planteada y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria. 

Los camaristas consideraron que "no se advierte arbitrariedad en la ponderación de los elementos" y que "la defensa no pudo revertir las conclusiones de los magistrados".

Para la Cámara, quedó debidamente probada la violencia de género y que la muerte de Vivar "no se produjo por ahorcamiento de la víctima, sino que fue producida por el imputado".

El 22 de abril, Gallardo fue condenado al cabo de un juicio oral en el que también se juzgó a su madre Lilian Campos (60), quien llegó detenida y se la juzgó como "partícipe necesario" del femicidio de Vivar (30), aunque la mujer resultó absuelta en una decisión por mayoría del mismo tribunal.

Según la fiscalía, los jueces entendieron que el accionar de Campos se podía calificar como "encubrimiento" pero la ley exime de dicho delito cuando involucra a dos personas con ascendencia o descendencia directa.

El hecho ventilado en el debate ocurrió entre las 4 y las 4.30 del enero de 2016, en una vivienda situada en Saavedra 1490, en el Barrio Pietrobelli de Comodoro Rivadavia, en el extremo sudeste de la provincia de Chubut.

Para la justicia, Gallardo estranguló a Vivar al presionar el cuello de la mujer con su antebrazo, tras lo cual, decidió ocultar el femicidio y realizó 23 cortes en ambas muñecas de la víctima.

Luego, el asesino colgó un trozo de sábana de una de las vigas del techo del lavadero de la casa y otro pedazo anudado al cuello de la mujer para simular un suicidio.

Según la investigación, Gallardo y Vivar tenían tres hijos en común que vivían en un hogar sustituto por orden de la Justicia de Familia a raíz de las denuncias por violencia radicadas en contra del ahora condenado.

De acuerdo a la fiscalía, la autopsia y los estudios complementarios establecieron "que no fue un suicidio, sino un homicidio" y que los 23 cortes que presentaba la víctima en sus brazos "fueron realizados post-mortem".

"Es imposible que la víctima pudiera colgarse ya que la escalera estaba en el patio y el cúter estaba limpio", aseguró la fiscal, quien consideró que el móvil del femicidio fue una "discusión previa" que Gallardo mantuvo con Vivar.

"Gallardo consideraba a Valeria de su propiedad, existía un avasallamiento subjetivo en la relación de pareja, ésta era una relación sujeto-objeto", añadió Codina.

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