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El femicidio ocurrió en 2016 y los tres acusados fueron absueltos
Los jueces del Tribunal Criminal 1 de Mar del Plata que juzgaron y absolvieron a los imputados por el salvaje femicidio de Lucía Pérez, ocurrido en esa ciudad en 2016, serán sometidos a un juicio político, si prospera un pedido formal impulsado por el Defensor del Pueblo bonaerense Guido Lorenzino y presentado hoy ante la Secretaría de Enjuiciamiento a Magistrados.
El Defensor del Pueblo apuntó contra los miembros del Tribunal en lo Criminal Nº1 de Mar del Plata por no aplicar perspectiva de género en la condena a los acusados del femicidio de la menor. Para Lorenzino, los jueces incurrieron en mal desempeño en sus funciones, al no tener en cuenta la perspectiva de género en el juicio por el femicidio de Lucía Pérez.
En su pedido oficial al secretario Permanente del Jurado de Enjuiciamientos de Magistrados y Funcionarios de la Provincia, Ulises Gimenez, el Defensor del Pueblo apuntó contra los jueces Aldo Daniel Carnevale, Pablo Javier Viñas y Juan Facundo Gomez Urso, quienes en el juicio por la muerte de la menor en 2016 condenaron por venta de estupefacientes a los imputados pero los absolvieron por abuso sexual y encubrimiento.
“En la sentencia se revelaron estereotipos sexistas y discriminatorios, donde nos encontramos con un juicio sobre la vida de Lucía en lugar de un análisis de la conducta de los acusados. Es un fallo que refleja el mal desempeño de los magistrados porque las normas que protegen los derechos de las mujeres fueron utilizadas en contra de la víctima”, sostuvo Lorenzino.
Este argumento tiene que ver con que en la sentencia se tomaron en cuenta las comunicaciones privadas de la víctima, sus experiencias sexuales, su relación familiar, su tendencia al consumo de drogas, su labor escolar, sus relaciones de amistad, entre otros ejemplos, que fueron utilizados por los magistrados de manera prejuiciosa y destinados a avalar la existencia de un supuesto consentimiento por parte de la víctima menor de edad, en una escena en la que participaron varios hombres adultos que comercializaban drogas en cercanías de instituciones educativas.
“La ausencia de la perspectiva de género al analizar el caso, lo que cuestionamos desde la Defensoría, provocan una afectación del acceso a justicia de las mujeres y por ende una grave vulneración de los derechos expresamente tutelados como grupo especialmente vulnerable, que no puede ser desconocida por magistrados cuyo deber es intervenir en estas causas conociendo y aplicando el derecho vigente”, planteó Lorenzino en el pedido de jury.
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En esa línea, argumentó que la utilización de estereotipos sobre las conductas y la vida sexual de las mujeres y niñas reproduce la violencia de género y sus resultados conlleva la impunidad de los casos que se investigan y sancionan, lo que se transforma en un mensaje de que la violencia contra la mujer es tolerada, lo que favorece su perpetuación y la aceptación social del fenómeno, el sentimiento y la sensación de inseguridad en las mujeres, así como una persistente desconfianza de éstas en la Justicia.
Por lo tanto, el pedido de juicio político se centra en la violación de tres artículos de la Ley 13.661, sobre las normas de procedimiento para el enjuiciamiento de magistrados y funcionarios, que definen como falta la incompetencia o negligencia demostrada para el ejercicio de sus funciones, el incumplimiento de los deberes inherentes a su cargo, y la realización de actos de parcialidad manifiesta.
“El accionar de estos jueces no puede ser tolerado en un Estado constitucional de derecho, que debe iniciar una investigación y proceder en caso de que así se decida a la destitución de los magistrados. Estamos frente a una sentencia que implica un grave retroceso en el ámbito de los derechos humanos”, puntualizó Lorenzino.
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