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Regula las actividades laborales realizadas desde el domicilio. Creen que será “un desincentivo a la contratación” de personal
El gobierno nacional reglamentó ayer el régimen legal del contrato del teletrabajo, que regula esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan, en el marco de las nuevas necesidades que demandó el desembarco de la pandemia. Desde el sector privado, los economistas salieron a cuestionar que las medidas que contempla representan un desincentivo a la contratación de empleados y criticaron la ley por “ser muy rígida y poner trabas” al funcionamiento de la relación laboral.
La ley 27.555 fue publicada ayer en el Boletín Oficial luego de haber sido sancionada por el Senado el 30 de julio del año pasado.
La norma establece que sus disposiciones no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en establecimientos de los clientes a quienes se preste servicio ni tampoco cuando el trabajo en el domicilio se realice de forma esporádica y ocasional.
Quedaron sin reglamentar los artículos 2º, 3º y 4º, vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral.
En tanto, el artículo 5° refiere al derecho a la desconexión digital, y precisa que cuando “la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral”.
Y detalla que el trabajador no estará obligado a responder hasta el inicio de su jornada, y “no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión”.
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Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos.
En cuanto a las tareas de cuidado, toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea, “deberá comunicar en forma virtual y con precisión” el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza.
Respecto de la reversibilidad, recibida la solicitud del trabajador, con la sola invocación de una motivación razonable y sobreviniente, el empleador deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación.
Por otra parte, los empleados que hubiesen pactado la modalidad de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral “no pueden revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales”.
Desde la oposición cuestionaron que la norma “no va a contribuir” a la creación de más empleo. “Sólo está pensada para mantener el poder sindical”, sostuvo el senador radical mendocino Luis Petri.
Economistas y abogados especialistas en derecho laboral, en tanto, cuestionaron que la norma propicia el aumento del costo laboral y los juicios y que, por su difícil implementación, podría subir el empleo informal.
Los puntos más cuestionados son la reversibilidad, que implicará que las compañías mantengan el lugar de empleo “físico” por si un trabajador que hace homeoffice quisiera volver a su oficina, y la posibilidad de “desconexión digital”, que no se ajustaría a la realidad de distintos sectores económicos.
Para María Castiglioni Cotter, de C&T Consultores Económicos, “El objetivo de la ley en teoría es promover esta nueva modalidad” pero “tiene demasiados puntos que generan trabas o desincentivo”, cuestionó. “Por ejemplo, los costos que implican para una pyme la reversibilidad”.
Por su parte, Juan Luis Bour, de FIEL, dijo que la implementación de la reversibilidad “depende de la empresa y de la actividad”. “Uno no puede pensar solamente en una multinacional. Normalmente una empresa con muchos teletrabajadores son empresas pequeñas. Esto significa costos y va a ser una fuente nueva de informalidad en el mercado laboral”, comentó.
Respecto al derecho a “desconexión digital”, Castiglioni Cotter remarcó que “no todos los trabajos son iguales”. “Una cosa es atención al público, otras puede ser más de análisis, donde se trabaja con objetivos y sin horarios tan marcados”.
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