Lo acusan de abusar de sus nietas cuando eran niñas

Las chicas tienen ahora más de 20 años. Su madre denunció que les decía que “eran de su propiedad para siempre”. Tiene 74 años

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Un hombre de 74 años fue detenido en las últimas horas en la zona del Cementerio, sospechado de cometer, hace varios años, delitos atroces. Dos nietas lo acusaron de someterlas sexualmente cuando ellas eran pequeñas, mientras les decía que “eran de su propiedad para siempre”.

Fuentes oficiales explicaron que la denuncia la radicó la madre de las chicas el 10 de julio pasado, ante el Gabinete de Delitos Sexuales de la DDI La Plata.

Dijo entonces que sus dos hijas, que tienen ahora 20 y 23 años, “fueron abusadas sexualmente por su abuelo” cuando quedaban bajo su “cuidado”, aseguraron fuentes cercanas a la investigación. Al momento de los hechos las niñas tenía entre 5 y 8 años.

“Se quedaban con este sujeto en su casa y él aprovechaba para abusar de ambas, diciéndoles que tenían que acceder porque eran de su propiedad para siempre”, sumaron los mismos voceros.

El caso recayó en la fiscalía 3 de La Plata, a cargo de Marcelo Martini, quien ordenó una serie de peritajes psicológicos para las denunciantes y la toma de declaraciones importantes para la causa.

Con los resultados de esa pesquisa, en las últimas horas solicitó el fiscal una orden de registro domiciliario para la vivienda del acusado, en inmediaciones de 31 y 82, y su inmediata captura.

Los hombres de la DDI realizaron las dos diligencias, trasladando bajo custodia al imputado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal reiterado doblemente agravado”, para que en las próximas horas lo indague el fiscal.

los tiempos de las víctimas

La ley Nº 27.206, de Respeto a los tiempos de las víctimas de delitos contra la integridad sexual, fue sancionada en noviembre de 2015 y permitió modificar el artículo 67 del Código Penal, incorporando un supuesto de suspensión de la prescripción en los delitos contra la integridad sexual contra víctimas menores de edad.

No importa la edad de la víctima, ni el tiempo que pasó desde la comisión del delito, ya que el plazo de prescripción empieza a correr a partir de la radicación oficial de la denuncia o su ratificación de la denuncia formulada por otros.

También modificó el artículo 20 bis del Código, incorporando una pena de “inhabilitación especial perpetua para quienes se hubieran valido de cargo, profesión empleo o derecho para la comisión de estos delitos”.

En definitiva, esta ley contempla los plazos personalísimos de cada víctima, que definen sus tiempos para contar lo que pasó.

 

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