Punto por punto: la letra de la Ley que habilita a los jefes comunales a seguir en el cargo

Finalmente, tras largas negociaciones se terminó de pulir y aprobar en ambas Cámaras de la Legislatura provincial el proyecto que modifica la ley anti reelecciones indefinidas.

La normativa, basada en el texto que elaboró el senador de Juntos, Juan Pablo Allan, ratifica que “el intendente y los concejales serán elegidos directamente por el pueblo, durarán en sus funciones el término de cuatro (4) años y podrán ser reelectos por un nuevo período. Si han sido reelectos no podrán ser elegidos ni ocupar el mismo cargo, sino con intervalo de un período.

En el artículo 7, está la parte más importante: "Los mandatos de Intendentes, Concejales, Consejeros Escolares, Diputados y Senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017, 2019 y 2021 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente Ley.”

En los fundamentos se señala que "muchos dirigentes, amparándose en el decreto reglamentario de la ley (Decreto 265/19, pensado para situaciones puntuales y excepcionales) utilizaron como herramienta generalizada la renuncia o licencia a sus cargos antes de cumplirse los 2 años de mandato para burlar la voluntad del legislador, ampliamente explicada en los debates parlamentarios, y así poder presentarse nuevamente a elecciones para el cargo al que habían renunciado".

Y subraya que "intenta clarificar ese punto y de esta manera obturar la posibilidad de esquivar una ley que casualmente buscaba llevar mayor transparencia a la política escuchando a una sociedad cansada de actitudes que solo buscan la perpetuación en los cargos".

 

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