Nueva reglamentación para la carga del producto

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La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) aumentó de 25 a 32 kilogramos el límite a partir del cual la carga y descarga de productos cárnicos deberá emplear asistencia mecánica, a través de la resolución 22/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma estableció que toda manipulación, transporte, distribución, carga y descarga de productos cárnicos, cuyo peso sea superior a los 32 kilos, se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados.

Esto rige para las tareas que realicen trabajadores y se lleven a cabo en empresas o establecimientos dedicados a la faena de ganado bovino, ovino, porcino, equino, caprino, animales de caza mayor y menor o industrialización de los mismos, o en su cadena de transporte y distribución mayorista o minorista.

 

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