Espacios públicos de la Ciudad: locales gastronómicos ganan la calle

El uso de decks comenzó en la pandemia y se extiende. Se pagan 800 pesos cada metro cuadrado que utiliza el local, sin diferenciar las zonas. Hay 54 comercios que despliegan esta modalidad, y ocupan 1.161 metros cuadrados en total, según el último registro. Controversias y seguridad en el tránsito, bajo la lupa. Se podrán ocupar las veredas en cualquier barrio

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Cada vez más restaurantes, bares o cafés extienden sus locales hacia las veredas y calles en la Ciudad, una tendencia de ocupar espacios públicos que se inició con la pandemia y que apunta a quedarse, pero con interrogantes en su reglamentación y en el pago del canon que cobra la Comuna. Estas ocupaciones suelen traer controversias, y molestias de vecinos, transeúntes y hasta automovilistas, más allá de una nueva modalidad de trabajo para estos sectores golpeados por la extensa cuarentena.

En la actualidad hay 54 comercios gastronómicos registrados que utilizan la calle. En total ocupan 1.161 metros cuadrados. Se le estipuló un canon de 800 pesos por metro cuadrado utilizado, sin diferenciación de la zona, a pesar de la diferencia en la actividad comercial entre locales del centro con el de los alrededores. En el último bimestre la Municipalidad de La Plata recaudó menos de un millón de pesos ($929.800).

Las autorizaciones son a través de concesiones otorgadas por la secretaria comunal de Espacios Públicos, tras la solicitud de los comercios -cualquiera sea el ramo, aseguran- y luego de una inspección del lugar que se ocupará.

DURACIÓN Y REQUISITOS

Según el decreto 3035/21 (del 10 de diciembre pasado), las primeras autorizaciones se otorgaron por un año a los locales gastronómicos habilitados, con consumo en el local. Luego, a mediados de marzo pasado se modificó el plazo por 6 meses (con el decreto 678/22), razón por la cual en junio se deben definir la continuidad a esta medida. El permiso es precario y revocable, aclaran.

”Atento el carácter extraordinario de la autorización conferida sujeta a consideración del Concejo Deliberante, y la condición dinámica y mutable de las medidas sanitarias implementadas y a implementarse en el marco de la emergencia sanitaria vigente, resulta necesario reducir el plazo del periodo –de un año a seis meses-con el objeto de posibilidad la oportuna evaluación del impacto de tal medida y su eventual revisión”, dice el decreto 678, sobre las concesiones otorgadas para ocupar la calle.

El decreto incluye también el nuevo anexo de condiciones a cumplir por los locales gastronómicos para utilizar la calle: habilitación comercial e inexistencia de deudas fiscales por tributos municipales; densidad de ocupación máxima permitida de 1 persona cada 2,25 metros cuadrados; separación mínima entre mesas de 2 metros o una separación física (mamparas, tabiques, por ejemplo); deberá tener una distancia de 1 metro entre el respaldo de la silla una mesa a otra superior a 1 metro; 4 comensales como máximo por mesa. No deben intervenir ni interponer estacionamientos o garajes, espacios de carga y descarga, estacionamientos reservados, espacios de contenedores de basura, espacios de otros locales gastronómicos, rampas y sendas peatonales.

También establece la norma que el área gastronómica no podrá ubicarse a menos de 5 metros de los límites exteriores de establecimientos médicos, policiales, estaciones de bomberos, bancos, oficinas públicas, como así tampoco a menos de 5 metros de paradas del transporte público, y si está fuera de los límites del local, debe tener permiso del propietario de la vivienda o comercio linderos. Tampoco pueden estar a menos de 15 metros de establecimientos educativos.

El espacio no podrá tener elementos fijados al piso en forma permanente, ningún tipo de cubierta fija o móvil, mensajes publicitarios, instalaciones eléctricas y ningún elemento que supere la valla perimetral para separar la zona del tránsito vehícular.

Los locales deben contratar un seguro especial de responsabilidad civil o ampliar el que tengan vigente. También la reglamentación incluye el uso de la vereda frentista y el de la vereda lindera. Además, indica que el uso del carril debe estar actualmente habilitado para estacionar, y detalla que el área tendrá 1,80 metros de ancho desde el cordón de la vereda y el largo correspondiente con el frente del local solicitante. Dentro de este espacio debe estar la infraestructura divisoria.

Remarca el decreto, finalmente, que no están permitidas sobre la calzada el uso de las barras (para elaborar tragos, por ejemplo).

Tasa Y SEGURIDAD

Sobre el valor del canon que deben pagar los comerciantes, de 800 pesos por metro cuadrado, desde la Comuna se informó que es el mismo valor es en todas las zonas, precio que está establecido por la ordenanza fiscal. Sin embargo, estiman que es una tasa “muy barata”, menor a l a que se le aplica a comercios de otros rubros que alquilan.

Desde la Comuna que se está evaluando la posibilidad de aplicar un pago diferente por el uso de la calle con respecto al que se paga por la ocupación de las veredas.

El uso de más espacios públicos se puede observar en la zona de locales gastronómicos de 54 entre 6 a 4, de 51 de 4 a 6, sobre 49 entre 10 y 11 y en el centro comercial de calle 12, entre otros. La mayoría de estas calles comerciales son de trazos angostos, una complicación y peligro para el tránsito vehicular, más allá de las medidas de seguridad adoptadas, como la de armar decks y barreras urbanas para separar a los clientes de la vía pública.

También creció esta modalidad gastronómica en diagonal 74 de 47 a 50, en donde el descontrol -ruidos de motos, peleas y otros incidentes- obligó los fines de semana a peatonalizarla, bronca mediante de vecinos y comerciantes.

Finalmente, sobre la posibilidad de peatonalizar otros sectores de la Ciudad para poner mesas y sillas, se indicó, sin mayores precisiones, que “se impulsan peatonales donde se articulan con los centros comerciales, con intervenciones culturales”.

En junio revisarán si se extienden los permisos y si se pagará un canon diferente

 

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