Difunden la lista de documentos que se requieren al viajar con menores
Edición Impresa | 17 de Julio de 2022 | 03:26

A la hora de organizar el viaje de las vacaciones de invierno, además de la valija o el bolso, conviene prestar atención a algunos detalles formales para moverse en el transporte público. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), organismo del Ministerio de Transporte, recordó en estas horas que al realizar un viaje en micros de larga distancia junto con un menor de edad, hay que portar documentación que acredite que es familiar o el adulto es su representante legal.
Para el caso de los menores de 6 años, según las normativas, no pueden viajar solos, sino que siempre tienen que ir acompañados por uno de sus padres, representante legal o por un tercero autorizado, se indicó desde el organismo.
Si los menores tienen entre 6 y 12 años inclusive, deberán viajar acompañados por uno de sus padres, por su representante legal, por un tercero autorizado, o bien pueden utilizar el servicio de menor no acompañado que brindan las empresas.
Cuando llegan a los 13 años, los menores pueden viajar solos, pero con la autorización correspondiente, se indicó.
El acompañante, en todos los casos, debe acreditar el vínculo (padre o representante legal) o la autorización (semanal, mensual o anual) debe gestionarse en la boletería de la empresa al momento de viajar.
También, los padres pueden optar por hacer la autorización previamente a través de escribano, juez competente, autoridad competente del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras autoridades administrativas y judiciales, se indicó desde la Comisión nacional.
En resumen, el organismo difundió la lista de documentos obligatorios para viajar con menores: DNI / pasaporte del menor, en original y fotocopia; DNI del adulto (padre, madre o representante legal), en original y fotocopia; Y Libreta de Matrimonio con el nacimiento asentado o Partida de Nacimiento o Acta de Nacimiento o Testimonio Judicial de Adopción, en original y fotocopia.
El vínculo podrá ser acreditado mediante el DNI del menor si este contiene el nombre de sus representantes legales.
Si se va a autorizar a una persona para que acompañe al menor, al momento de viajar, va a tener que presentar su DNI y la autorización.
En tanto, para viajes estudiantiles o de egresados serán válidas las autorizaciones solicitadas por las agencias de viajes habilitadas.
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