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Condena y trabajo

Omar Zuppa, señala: “Humildemente solicito el asesoramiento de profesionales idóneos, especialmente, en Derecho Penal: ¿Cómo es el ´mecanismo´ por el cual, un/a cidadano/a detenido/a con prisión domiciliaria, recibe una propuesta de trabajo que requiere abandonar la condena (prisión domiciliaria) 2 días (o los días que sean) por semana? ¿Cómo, y por qué, a ´alguien´, se le ocurre intentar contratar a un/a condenado/a con prisión domiciliaria, para realizar un trabajo que requiere abandonar, en determinados días y horarios, la condena, habiendo tanta gente especializada, en esa tarea, y desocupada? ¿Por qué, el presunto ´empleador/a´ tiene la ´ocurrencia´ de intentar contratar, para salir de su domicilio, a una persona que, por ley y, por el momento, no puede hacerlo?. “No mas preguntas, Sr. Juez.”

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