“Poli-delivery” en La Plata: usaron “de mula” a una repartidora y fueron con ella a entregar un pedido

Después de un secuestro de cocaína, la testigo del operativo tuvo que llevar la droga a la comisaría en su mochila de trabajo

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Dantesco. Policías oficiaron de policías y también hicieron un reparto de ropa junto a una delivery, a la que escogieron de testigo de un procedimiento de drogas en las calles 40 y 134 y después convirtieron en una especie de “mula”.

Todo pasó en el barrio San Carlos, donde personal de la subcomisaría La Unión, según se desprende de la orden judicial a la que tuvo acceso este diario, detuvo a un hombre de 42 años -junto a una mujer de 34-, en poder del cual habría decomisado 11 dosis de cocaína, por un peso total de 19,7 gramos, y 1.161.000 pesos en efectivo.

La escena daba a entender que se trataban de personas presuntamente vinculadas a actividades de narcomenudeo, pero el problema surgió minutos después cuando ubicaron a una joven, que trabaja para la aplicación “Mi Ciudad”, a quien impusieron como “fedataria” de la intervención oficial.

Por causas que se intentan determinar, los agentes hicieron que la chica cargue la evidencia secuestrada dentro de su mochila de trabajo y, previo desembarco en la dependencia actuante para realizar el papeleo de ley, la escoltaron hasta un domicilio cercano, porque estaba apurada y tenía que entregar un paquete con ropa.

Los voceros consultados por EL DIA mencionaron que ese seguimiento se hizo a pie y que después avanzaron con la moto y los móviles hacia la seccional de 137 entre 524 y 525.

Por este caso, el defensor oficial, que asistió a la mujer demorada, ya presentó un pedido de nulidad del acta de procedimiento y el consecuente sobreseimiento para su representada.

Las dudas son muchas. Una de ellas pasa por saber por qué los efectivos le pidieron a la testigo que transporte la droga y no lo hicieron ellos, que se supone están entrenados para hacerlo.

¿Fue por falta de medios o por falta de capacidad? Cualquiera de las dos hipótesis parece aplicar al asunto. Al margen de varias otras, claro está.

Dijo el defensor oficial: “Corresponde entonces declarar la nulidad del acta de procedimiento. Por lo demás, todo lo que del acta llevada a cabo con afectación de garantías constitucionales depende, se torna tan ilegítimo como el acto mismo, por lo que carece de toda eficacia probatoria (art. 211 C.P.P.)”.

Es que, por si algo faltara, parece que se omitió colocar en el sumario el hallazgo de dos tijeras y una pipa.

Es que esos elementos son los “que utilizan los consumidores de estupefacientes-, quedando clara entonces la intencionalidad del personal policial actuante”, expresó el funcionario.

Refuerza lo dicho el relato de la testigo sobre este punto: “Las cosas que faltaron poner, los policías decían entre ellos lo ponemos o no, como que ellos hablaban si era importante poner esas pertenencias. En otras palabras, se enfocaron en la plata y en la droga, pero no en las otras pertenencias personales de la mochila”.

“En consecuencia, entiendo que de convalidarse actas como la que aquí se ataca, se estará permitiendo que los oficiales desarrollen su actividad sin respetar las formalidades legalmente establecidas, consintiendo de este modo un accionar arbitrario que se aleja de modo discrecional de la normativa vigente, cuya observancia tiene por finalidad salvaguardar la garantía constitucional del debido proceso y el derecho de Defensa”, añadió.

Fue por eso que solicitó la nulidad de lo actuado y la desvinculación de su asistida de cualquier cargo, pese a que luego de la indagatoria había sido puesta en libertad por aplicación del artículo 161 del C.P.P.

Ese requerimiento ahora deberá ser resuelto por la jueza Marcela Garmendia.

 

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