Otro juez hizo lugar a un planteo docente

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La Justicia en lo Contencioso Administrativo de nuestra ciudad ordenó al gobierno bonaerense que se abstenga de ejercer cualquier hecho o acto que implique la supresión del derecho de huelga a los docentes y dejó sin vigencia los efectos de la conciliación obligatoria dictada por el Poder Ejecutivo.

La medida, adoptada por el juez Luis Federico Arias, hizo lugar a un planteo interpuesto por el Suteba y la Feb en el marco del conflicto salarial que mantienen los gremios bonaerenses con el gobierno.

En el fallo Arias dictó una medida cautelar que limita las facultades del Ministerio de Trabajo “a formas voluntarias de autocomposición del conflicto, tal como lo prevé el art. 16 de la Ley 13.552”.

Además consideró que para el caso de no arribar a un acuerdo de partes “la solución del conflicto deberá recaer en algún órgano imparcial que sea creado transitoriamente de común acuerdo y al solo efecto de resolver la negociación paritaria”.

El magistrado sostuvo que “es dable advertir que la conciliación obligatoria, en el supuesto de autos, impediría el ejercicio del derecho a huelga, con la posibilidad de generar a sus afiliados un perjuicio que resultaría de difícil o imposible reparación ulterior”.

Los docentes sostienen la inconstitucionalidad del art. 23 de la Ley 13.757 “por considerar que la misma convierte en juez y parte al Poder Ejecutivo -Ministerio de Trabajo- ya que es quien determina dar por concluida la negociación salarial, dictando la conciliación obligatoria con un alto grado de parcialidad en desmedro de los derechos de los trabajadores.

 

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