Discuten la forma de controlar las manifestaciones sin prohibirlas

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La idea que analizan en la Comuna para resolver la cuestión es crear un “protocolo” de actuación que se sume al código de convivencia que prepara el Ejecutivo y el código penal, que discrimine entre las manifestaciones “programadas” y las “espontáneas”. Según explicó a este diario el secretario de Justicia y Seguridad, Darío Ganduglia, en el primer caso su área y la de Control Ciudadano acordarán con los líderes de la protesta en cuestión el recorrido y tiempo de duración, para la organización del tránsito y la protección de los derechos de los transeúntes.

En el caso de las manifestaciones espontáneas -anticipó el funcionario- se establecerá un espacio de negociación para que cese el corte y se dará aviso a la justicia. Ante el incumplimiento se estará violando el artículo 194 del código penal y las contravenciones previstas por el futuro código de convivencia.

Y abundó en que “si los manifestantes no cumplieren con la orden, los efectivos policiales procederán conforme lo establecido para los casos de los delitos cometidos en flagrancia, según lo dispuesto en los códigos de procedimiento penal poniendo en conocimiento al fiscal competente para disolver la manifestación”. Y concluyó al finalizar que el juez de faltas podrá dictar medidas para asegurar el orden público y la seguridad pública dando posterior intervención al juzgado correccional”.

 

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