Apelan preventivas y denegatorias de las excarcelaciones ante la Cámara

Los recursos los presentaron los defensores de los acusados. La causa ya tiene 40 cuerpos y sigue acumulando fojas

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La Cámara tiene ahora todas las actuaciones, cerca de 40 cuerpos, con las escuchas

La Sala II de La Cámara de Apelaciones y Garantías del fuero penal platense analiza las apelaciones presentadas por los defensores de los imputados contra la preventiva dictada en la causa y las denegatorias de las excarcelaciones, en la causa denominada “la banda del comisario”.

Una de las presentaciones las realizó el abogado Marcelo Peña, quien patrocina al ex comisario Gustavo Burzstyn, quien apeló la preventiva y además planteó nulidades por “grave afectación al derecho de defensa porque resultó imposible acceder a los informes VAIC y las desgrabaciones telefónicas peticionadas desde el primer llamado a indagatoria”.

En tanto, el abogado Miguel Leyton , defensor del imputado Enrique Petrullo, bajo sospecha de haber cometido “tráfico de influencias”, pidió que se revea en la Cámara la denegatoria de la excarcelación que había solicitado.

En estas actuaciones, con respecto a las primeras 11 detenciones, con voto del camarista Sergio Almeida, al que adhirieron sus colegas Laura Lasaga y Ricardo Szelagowski, la Sala II rechazó un hábeas corpus realizado por la defensa del imputado Javier Ronco, detenido junto Bursztyn; el ex oficial de Policía Gustavo Mena; Angel Custodio “Pipi” Yalet; Adrián “Quichua” Manes; Carlos Bertoni; Carlos “Macha” Barroso Luna; Jorge “El fiscal” Gómez de Saravia; Héctor “Pepe” Vega y Martín Ezequiel “Gaucho” Fernández.

En esa resolución se había confirmado la detención del policía Marcos Chiusaroli, pero luego la jueza de Garantías que interviene ahora en el caso, Florencia Butiérrez, rechazó el pedido de preventiva realizado por la fiscal Betina Lacki para el nombrado, que fue puesto en libertad e implicado en la causa solo por el delito de portación de arma de uso civil sin la debida autorización.

La defensa de Ronco había solicitado que se declare la inconstitucionalidad del artículo 210 del Código Penal (asociación ilícita) y además alegó que su asistido está mal detenido porque no hay pruebas para vincularlo a los hechos que se investigan.

En la resolución de la Sala 2 se explicó que sí hay pruebas para vincular a Ronco con la asociación ilícita que se investiga, entre las que mencionaron varios tramos de las escuchas telefónicas y relatos de testigos, en los que Ronco aparece nombrado y vinculado a los ex policías y civiles procesados y detenidos en la causa, en actividades que serían delictivas, vinculadas al robo de automotores, en casas, comercios e industrias, se presume que con la complicidad policial para generar “zonas liberadas”.

De esta forma, al rechazar el hábeas corpus la alzada confirmó en esa oportunidad la materialidad ilícita que se investiga, es decir, que hay pruebas como para sospechar que se está frente a una banda dedicada a cometer delitos, informaron fuentes judiciales.

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