Las nuevas prohibiciones de la Anmat: premezcla para pan, manteca y remedios
| 29 de Noviembre de 2019 | 09:52

Se publicaron hoy en el Boletín Oficial las nuevas prohibiciones de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), entre los que se encuentran productos alimenticios y medicamentos.
Una manteca y una premezcla para hacer pan apto para celíacos, sumado a dos marcas de remedios, conforman la lista de las restricciones para ser comercializados en el país.
El organismo controlador ordenó sacar del mercado la "Premezcla universal” de la marca Delicel (libre de gluten), debido a “una reacción alérgica en un menor de edad alérgico a la proteína de leche de vaca, soja y huevo”. A raíz de esa denuncia se llevó a cabo una auditoria en el establecimiento donde se elabora el producto, que asegura estar hecho “sin huevo y sin derivados de soja”. Así, la entidad de control “realizó la toma de muestra por triplicado del producto en cuestión para su evaluación” y procedió a la inhibición de su comercialización “hasta tanto la Autoridad Sanitaria se expida”.
En tanto, la Anmat también ordenó retirar de los comercios dos tipos de manteca de la empresa Servio S.A., radicada en Córdoba. Una bajo la marca Loma Blanca y otra con el nombre de Yolcle. ¿El motivo? “No cumplirían la normativa alimentaria vigente”, según el organismo. Tras realizarse los estudios de rigor, se determinó que ambos “no se corresponden con el perfil de grasa láctea”, por lo que deberían cumplir para los estándares de exigencia que dicen tener. Es por ello que “resulta ser un alimento adulterado”. Así, se solicitó “realizar el retiro preventivo de los productos del mercado nacional en un plazo de 48 horas”.
Por otro lado, Anmat prohibió “el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional" de todos los lotes de “GORETEX – Vascular Graft – REF Catalogue Number VT35015LA– Configured for Pediatric shunt – Gore” hasta tanto “se encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica” de la Anmat. En la Disposición 9628/2019 se informó que durante una inspección de rutina realizada a principios de este mes, personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud retiró del establecimiento algunos lotes de este producto porque “no se observan fecha de vencimiento ni datos de titular responsable en la Argentina”. Frente a esta situación, la empresa que lo comercializa “informó que no posee documentación que avale su procedencia", debido a que fue importado por una firma a la cual representaron “por última vez en el año 2008”. Además sostuvieron que todos los medicamentos que venden “poseen codificación de lote y vencimiento tanto en su envase primario como en su envase secundario”. En este sentido, se aclaró que “no puede asegurarse que se trate de un producto legítimo y autorizado para su comercialización en la República Argentina”, por lo que se ordenó sacarlo de circulación.
Finalmente, en otro resolución, el organismo le puso freno a la comercialización “de todas las especialidades medicinales que contengan la asociación a dosis fijas de GLUCOSAMINA - MELOXICAM (monodosis en un solo comprimido o sobre)”, ya que existen “informes de diferentes entidades científicas”, asegurando que estudios realizados demuestran que la combinación de estos ingredientes como farmacéuticos activos “muestran una eficacia cuestionada en pacientes”. Se agregó que estos medicamentos “no permiten la titulación de la dosis de cada fármaco en particular ni adecuar la dosis, acortar el tratamiento o suspender un principio activo ante la aparición de efectos adversos, sin afectar a los restantes componentes de la asociación, produciendo un aumento estadísticamente significativo de la mortalidad, de la internación por hemorragia digestiva, de la internación por insuficiencia cardíaca o insuficiencia renal”.
En tanto, el meloxicam es “cuestionado debido a las alertas cardiovasculares de las Agencias Regulatorias Internacionales”, mientras que a la glucosamina es recomendable usarla por tres meses y “debiendo dejar al menos un periodo de descanso de dos (2) meses pudiéndose repetir luego de evaluar si resulta eficaz” en el tratamiento de cada enfermedad. “Los laboratorios titulares de certificados de especialidades medicinales que contengan la asociación a dosis fijas de GLUCOSAMINA- MELOXICAM (monodosis en un solo comprimido o sobre) como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA) deberán proceder al retiro del mercado de todas las unidades alcanzadas por la presente medida, en un plazo de 90 días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente disposición, debiendo presentar ante el Instituto Nacional de Medicamentos la documentación respaldatoria correspondiente”, estableció el segundo artículo de la Disposición 9629/2019.
Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE