Salidas transitorias de presos no deben poner en riesgo a la sociedad

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Las crónicas policiales reflejan con habitualidad los casos de presos en nuestro país que reciben el beneficio de las salidas transitorias de las cárceles, o de otras figuras que rigen en el sistema penal, como las excarcelaciones anticipadas, y que cuando se encuentran en libertad vuelven a ser detenidos como autores de algún nuevo delito. Se está, sin dudas, ante una cuestión que debería ser analizada ya que esas medidas, sea por su mala instrumentación u otras causas, suelen terminar poniendo en riesgo la seguridad pública.

Esta situación es la que acaba de replantearse en la Provincia al haber sido capturado en un intento de robo en Vicente López un joven que hace siete años había participado en el sangriento asalto a la casa de un conocido conductor radial, en un episodio en el que se desató un tiroteo con 15 detonaciones, en el que el periodista y su hijo resultaron gravemente heridos con varios disparos de armas de fuego y uno de los ladrones murió. Cabe recordar que también se encontraban en la vivienda la esposa del conductor y una de sus hijas, que se hallaba embarazada.

El ahora detenido, que era menor de edad al momento del hecho, había logrado huir pero luego resultó detenido y fue condenado a diez años de prisión, que se cumplirían en 2022, aunque la jueza de Responsabilidad Penal Juvenil de San Isidro actuante decidió bajarle un año a la pena, además de decidir fijarle un régimen de salidas transitorias para trabajar. Ahora, como se dijo, fue capturado una vez más, luego de que un vecino advirtiera que, junto a un cómplice, habían saltado la reja de una vivienda ubicada en la calle Ameghino al 700.

No caben dudas acerca de que el uso erróneo de instrumentos que, intrínsecamente pueden ser valiosos, es el que le da base a este problema. Como se sabe, los índices de superpoblación carcelaria plantean situaciones de virtual colapso, generadoras a su vez de leyes y medidas que buscan descongestionar a los penales.

Es evidente que los tres poderes del Estado tienen su cuota de responsabilidad en esta cuestión. La lentitud de la Justicia es un hecho innegable, como también lo es la mora, que se remonta a varias décadas atrás, para la construcción de nuevas cárceles. Los aspectos prácticos de algunas reformas legislativas quizá también hayan hecho su contribución a que el problema se acentúe en los últimos tiempos.

La experiencia se ha encargado de demostrarlo una y otra vez. Cada vez que se ha anunciado, por ejemplo, que las comisarías iban a dejar de ser lugares de alojamiento de presos, entre la intención y la realidad se ha producido un bache insalvable.

Toda idea destinada a analizar alternativas para acelerar los procesos judiciales resulta oportuna. Pero habrá que revisar con cuidado la instrumentación de las eventuales reformas que se hagan con ese propósito. Los antecedentes también demuestran que algunas reformas judiciales y del sistema penitenciario que, teóricamente iban a derivar en una mayor agilidad, han tenido en la práctica efectos contraproducentes.

Se ha dicho en forma insistente aquí, por último, que la alternativa de las excarcelaciones y de otros beneficios debe ser estudiada con mucha cautela. Porque es inadmisible que se busque descomprimir a las cárceles con medidas que puedan representar un agravamiento de la inseguridad pública. En este sentido, los jueces debieran ponderar detenidamente cada una de las situaciones que se les presenta.

 

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