Internet, cable y telefonía: un fallo favorece a una empresa
Edición Impresa | 5 de Febrero de 2021 | 01:44

La Justicia Federal de Córdoba resolvió esta semana admitir una medida cautelar, que presentó una empresa de TV cable local en contra del DNU 690/20 que, por intermedio del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), declara servicios públicos esenciales y regula los valores de las prestaciones de internet, televisión por cable y telefonía móvil.
La medida fue resuelta por el juez Federal 1, de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, a partir de la presentación realizada por la empresa TV Cable Color S.A. El fallo alcanza únicamente a la empresa accionante y en ese sentido ordena al Ejecutivo Nacional y al Enacom, a “abstenerse de emitir acto alguno” “hasta tanto se dicte sentencia definitiva”. Se aclaró que si bien los efectos concretos del fallo son muy limitados, la decisión tiene un potencial muy grande, debido a que es de esperar que grandes operadores ahora vayan a pedir lo mismo.
Al respecto, hoy vence el plazo que Enacom le dio a Cablevisión para comunicar a sus clientes el reintegro de los importes “cobrados indebidamente” (según el organismo) por la prestación del servicio.
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