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El alto tribunal decidió avanzar con la cautelar presentada por Larreta contra el decreto presidencial que suspendió la actividad en las aulas. Ahora, la Nación tiene que hacer su descargo
al igual que la semana pasada, grupos de familias y alumnos de escuelas bonaerenses se movilizaron ayer con protestas que llegaron hasta la quinta de olivos / ap
En medio de la tensión latente entre los gobiernos nacional y porteño, la Corte Suprema de Justicia se declaró competente para analizar la presentación de la Ciudad de Buenos Aires que busca declarar “inconstitucional” la suspensión de las clases presenciales en el distrito por 15 días, tal como lo decretó el presidente, Alberto Fernández, en pleno avance de la segunda ola de coronavirus. Los jueces anticiparon además que tratarán el expediente mediante un “proceso sumarísimo” que podría resolverse esta semana.
Luego de que el planteo del jefe del Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, lograra un dictamen favorable de la procuradora de ese distrito Laura Monti -que determinó que la Corte está facultada para entender en la cuestión- y tras el fallo de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones de la Capital Federal que ordenó mantener la presencialidad en las aulas, el máximo tribunal aceptó su “competencia originaria” en el caso y le corrió vista de la acción de “inconstitucionalidad” al Poder Ejecutivo Nacional para que conteste el reclamo capitalino.
El encargado de fijar la postura del Estado Nacional será el Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, que ayer pidió la invalidez del fallo porteño por “incompetente” (ver aparte). En cuanto a la Corte, interpreta que el alto tribunal no es competencia original para la ciudad de Buenos Aires y que el jefe de Gobierno debió presentar su cautelar en la primera instancia del fuero Contencioso Administrativo Federal para después avanzar a través de las distintas apelaciones o el Per Saltum hasta la Corte.
La resolución del máximo tribunal -firmada con la disidencia de Elena Highton de Nolasco-, anticipó que hará una tratamiento acelerado en los términos que permite el Código Civil y Comercial de la Nación, para que los magistrados resuelvan “de oficio” y como “primera providencia”, si “la naturaleza de la cuestión y la prueba ofrecida” lo permite. Esto es, luego del plazo de cinco días otorgado al Gobierno nacional para que explique por qué dispuso la suspensión de las clases presenciales en el área metropolitana de Buenos Aires.
Cuando la Nación responda -no descartan que fuera hoy mismo-, el máximo tribunal ya estaría en condiciones de resolver si hace lugar o no a la medida cautelar interpuesta por la ciudad de Buenos Aires para suspender el decreto presidencial y habilitar el dictado de clases en las escuelas, tal como falló el domingo la Justicia porteña.
Según trascendió, los jueces Carlos Rozenkrantz y Ricardo Lorenzetti sostienen que la Corte podría sesionar el viernes para resolver un caso que tiene en vilo a familias, alumnos y docentes, al tiempo que potenció los chispazos entre Alberto Fernández y Rodríguez Larreta. En cambio, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti consideran prematuro establecer una reunión para decidir la viabilidad o no del amparo porteño.
No obstante esas diferencias, fueron estos cuatros magistrados - Rozenkrantz, Lorenzetti, Maqueda y Rosatti- los que en forma unánime aceptaron la competencia de la Corte en el caso. Highton de Nolasco, en cambio, rechazó el tratamiento al igual que lo ha hecho en otras ocasiones, por sostener que las causas de la ciudad de Buenos Aires contra la Nación o las provincias no son de competencia originaria de la Corte. Una postura que se ajusta a la estrategia procesal del oficialismo.
Por otro lado, tras el dictamente de la Cámara de Apelaciones porteña que determinó que las clases deben seguir de manera presencial, anoche trascendió un nuevo fallo de la Justicia porteña que insta a que la presencialidad de las clases no sea obligatoria en el distrito hasta tanto resuelva la Corte.
La resolución, publicada por el Juzgado de 1ra Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires, dispone que los colegios de la Capital “se abstengan de computar las faltas y/o quita de vacantes respecto de aquellos/as alumnos/as cuyos padres y madres resolvieran la no concurrencia de sus hijos/as a los establecimientos educativos”.
El documento, firmado por el juez Guillermo Scheibler, advirte además sobre la necesidad de adoptar medidas para garantizar la escolaridad virtual.
“Todo ello hasta tanto la Corte resuelva la cuestión planteada por la Ciudad de Buenos Aires respecto a la constitucionalidad del artículo 2º del DNU 241/2021 o hasta el cumplimiento del plazo dispuesto en dicho artículo, lo que ocurra primero”, aclara el texto judicial que, en el contexto de la pandemia, insiste en respetar “la decisión de las familias que decidan no concurrir a dichos establecimientos”.
El máximo tribunal anticipó que dará un tratamiento acelerado al expediente
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