Una por una, las medidas anunciadas por el Gobierno que regirán hasta el 21 de mayo

A diferencia de la actuales, esta vez serán por una extensión de tres semanas

Las nuevas medidas de restricción ante la segunda ola de coronavirus anunciadas hoy por el presidente Alberto Fernández regirán desde mañana y hasta el 21 de mayo.

Se tuvieron en cuenta tres factores, que son razón (aumento de casos en últimos 14 días), incidencia (cantidad de casos sobre población) y ocupación de camas de terapia intensiva, lo cual clasifica los lugares del país se clasifican en cuatro categorías:

- Situación de bajo

- Medio

- Alto riesgo epidemiológico y sanitario

- Alarma epidemiológica y sanitaria

Medidas generales en todo el país:

❌ Viajes grupales: Se suspenden los viajes grupales de egresados, de estudio y de grupos turísticos.
❌ Reuniones sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas. 
Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio:

❌ Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico:

❌ Reuniones sociales:
- Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
- Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas 
❌ Deportes: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 
Horario de cierre gastronomía: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.
❌ Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 0hs. y las 6hs. de la mañana de cada día, según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.
Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines, locales gastronómicos y gimnasios.

Disposiciones locales y focalizadas de contención: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Las medidas para la zona de alto riesgo sanitario y epidemiológico son:
ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:

❌ Centros comerciales y shoppings.
❌ Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados. 
❌ Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
📌 Restricción en ámbito educativo.
Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.
❌ DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales.
❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 
❌ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19hs. podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
❌ PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20hs. y las 6hs. de la mañana de cada día (según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).
❌ TRANSPORTE PUBLICO: sólo para esenciales y autorizados.

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