Los dictámenes aprobados, con diferencias

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Las diferencias entre los dictámenes radican en los límites de la prohibición de la publicidad. El que obtuvo la mayoría prohíbe la publicidad, promoción y sponsoreo de los juegos de azar en línea, de ningún tipo, inclusive las realizadas por influencers, famosos, deportistas, instituciones deportivas, cartelería en estadios, etc. Además prohíbe la publicidad indirecta o encubierta a través de influencers, de programas infomerciales y/o la publicación onerosa o no, de testimonios de deportistas, personajes famosos, figuras de relevancia pública o personajes de ficción. Solamente permite la publicidad dentro de casinos, bingos, hipódromos, casas de apuestas o agencias de lotería.

Otro punto importante es que solo autoriza las apuestas en plataformas online que tengan registrado domicilio legal en el país.

En cuanto a los medios de pago, solo habilita el uso de tarjetas de débito con un tope equivalente al permitido para extracciones en cajeros, por lo que queda prohibido el uso de sistemas de crédito, como así también de aquellas tarjetas de prestaciones de ayuda social. Las billeteras virtuales estarán autorizadas, con el mismo tope que las tarjetas de débito. Además prohíbe el otorgamiento de bonos o vales de captación para dar la bienvenida e incitar al juego.

Por último, la iniciativa hace hincapié en la arista que más preocupa de este problema: el acceso de los menores. Para evitar que niños y adolescentes puedan ingresar a estas plataformas, el proyecto propone la identificación biométrica de los usuarios al inicio de cada sesión y al cabo de un tiempo de jugar, utilizando la base de datos del Renaper para validar la identidad a distancia, mediante el reconocimiento facial.

 

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