Nuevas escalas en Impuesto a las ganancias: ¿desde qué ingreso se empieza a pagar?
| 24 de Enero de 2025 | 08:01

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las deducciones y escalas para aplicar durante 2025. Se trata de las personales para remuneraciones de enero a junio 2025, las escalas del artículo 94 del Impuesto a las ganancias y la deducción específica incrementada para jubilaciones, pensiones y retiros.
Teniendo en cuenta que contempla una actualización de escalas en enero y otra en junio en relación a la inflación acumulada del semestre, como hubo una actualización extraordinaria en septiembre, se tomó octubre, noviembre y diciembre.
Las alícuotas, que oscilan entre el 5% y el 35%, se aplicarán a tramos de ganancia neta imponible acumulada. Por ejemplo, en enero, los montos gravados van desde $0 hasta $126.697,64 para el tramo más bajo, mientras que el superior supera los $3.848.440,79.
Respecto a valores, quienes estén solteros y sin carga familiar tendrán retenciones a partir de un salario de bolsillo de $1.892.937 (es decir, un salario mínimo de $2.280.647 brutos). De ser cónyuge y teniendo dos hijos menores de 18 años, deducción a partir de los 2,5 millones (en bruto, $3.024.494).
Para trabajadores autónomos, desde un ingreso mensual promedio de $1.468.658 y $1.631.843 para profesionales y emprendedores.
En tanto, los jubilados que registran un ingreso equivalente a 8 haberes mínimos comenzarán a sufrir descuentos desde los $$2.127.256. No aplica a quienes perciban ingresos de otras fuentes superiores a un monto determinado ni a quienes deban tributar el Impuesto sobre los Bienes Personales, salvo si la obligación surge exclusivamente por la tenencia de una vivienda única.
Deducciones personalesLos montos de las deducciones personales fueron ajustados para reflejar las remuneraciones percibidas entre enero y junio de 2025. La ganancia no imponible anual, que establece el piso mínimo exento de tributación, se fijó en $3.916.268,37. A nivel mensual, esta cifra irá acumulándose progresivamente, desde $326.355,70 en enero hasta alcanzar el total anual en diciembre.
Para quienes puedan deducir cargas de familia, los montos también presentan novedades: $3.688.339,32 por cónyuge y $1.860.042,98 por hijo. Además, en casos de hijos incapacitados para el trabajo, la deducción anual asciende a $3.720.085,95.
Por otro lado, las deducciones especiales fueron revisadas. El monto general se fijó en $13.706.939,31, con valores superiores para nuevos profesionales y emprendedores.
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