Evalúan causa de aborto no punible
Edición Impresa | 11 de Enero de 2018 | 02:51

El anteproyecto de reforma del Código Penal incorpora como causa para despenalizar el aborto que el embarazo pueda poner en peligro la salud mental de la mujer, además de redactar en forma clara que no será punible en cualquier caso de violación, indicó ayer un integrante de la comisión que trabaja en la modificación de la norma.
“Lo que hicimos fue especificar que la salud contempla tanto el aspecto físico como mental, tal como establece la Organización Mundial de la Salud y teniendo en cuenta la legislación comparada de Alemania, Estados Unidos y España”, dijo Mariano Borinsky, uno de los trece integrantes de la comisión.
El jurista señaló que “en Alemania, por caso, la legislación especifica como causa de no punibilidad la ‘salud anímica’” y enfatizó que “lo que pretendemos es que el nuevo código sea más moderno y ágil”.
El actual Código Penal, en su artículo 86, establece que el aborto no es punible cuando: “se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios” y “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente (...)”.
Borinsky describió que “este segundo inciso del artículo 86 también se modifica en el anteproyecto ya que se toma en cuenta el fallo de la Corte Suprema y se redactó de forma tal que queda claro que es no punible en todos los casos en los cuales el embarazo sea producto de un abuso sexual”.
El anteproyecto incorpora además un cambio en el “aborto imprudente”: el ocasionado “sin intención ni voluntad” , al aclarar que no será punible si es ocasionado por la propia mujer embarazada.
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