Difunden el modelo de una nota para impugnar las facturas de gas con el cobro extra

Según su autor, que es abogado, la resolución de la secretaría de Energía vulnera el principio de irretroactividad y el derecho de propiedad

Mientras el secretario de Energía ratificaba que se cobraría el cargo extra para compensar a las empresas productoras de gas, a través de las redes sociales se viralizaba el modelo de una nota para que los usuarios solicitaran la impugnación del cobro de ese plus, argumentando que la resolución que sacó el Gobierno infringe el principio de irretroactividad y el derecho de propiedad.

El abogado Sergio Mohadeb, de "Derecho en zapatillas", difundió el texto a través de las redes para solicitar que se impugne el cobro extra por considerar que vulnera los principios de irretroactividad y el derecho de propiedad.

El texto viralizado es el siguiente:

"Por medio de la presente impugno la factura de gas nro. […] de fecha […] en atención a incluir un cargo retroactivo. Las facturas anteriores están pagas, y por ende extinguieron la obligación de pagar la tarifa de ese período, artículo 880 del código civil y comercial y por ende también se viola el principio de irretroactividad (art. 7 del código civil y comercial) y mi derecho de propiedad. Por ese motivo solicito la supresión de ese cargo y desde ya impugno la norma general en que se basa. La presente no es una declaración completa de los hechos y del derecho y mi parte desde ya reserva el derecho de ampliar y promover las demás acciones legales que correspondan en caso de que no se avengan a deducir el cargo citado".

En declaraciones a la prensa, Mohadeb señaló que "hay un período para la facturación del gas. Si pagué, entonces ese período se consolidó y no puede volverse a abrir".

En ese sentido, y tal como lo consigna en la nota, el artículo 880 del Código Civil y Comercial fija que "el pago realizado por el deudor que satisface el interés del acreedor, extingue el crédito y lo libera".

"Las leyes se presumen para futuro y no pueden afectar el derecho a la propiedad. Hay algo que se conoce como ´efecto liberatorio del pago´, que establece que cuando el pago está hecho en su totalidad se libera al deudor de la obligación de la tarifa", agregó.

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