Una obligación a cualquier edad

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Silvia González Ayala

Infectóloga, profesora UNLP

En el contexto actual, en el que resurgen enfermedades eliminadas y se nota cada vez menos consciencia entre la gente sobre la importancia de vacunarse, resulta fundamental jerarquizar la vacunación y el cumplimiento del calendario para resguardar la salud de la población. Y esta norma -que costó mucho sacar y esperamos se reglamente antes de abril- tiene entre sus principales aportes ampliar la obligatoriedad de la vacunación a todos los grupos etarios e introducir herramientas para reforzar la promoción y protección de la Salud.

Quienes no puedan acreditar las vacunas que le corresponden por su edad van a tener que aplicárselas de nuevo. En el caso de los adultos esto implica por lo menos dos: la doble bacteriana difteria-tetanos, que se aplica cada diez años durante toda la vida y la vacuna contra la Hepatitis B (tres dosis a los cero, treinta y ciento ochenta días). Aquellos que hayan nacido después del 1º de enero de 1965 deben contar además con dos dosis de la vacuna contra la rubéola y el sarampión; y los mayores de 65 años, con la antigripal anual.

 

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