Se pedirá tener las vacunas al día para renovar la licencia, el pasaporte y el DNI

El Congreso aprobó ayer una actualización a la ley de vacunación para reforzar su cumplimiento tanto en niños como en adultos

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Nicolás Maldonado

nmaldonado@eldia.com

El resurgimiento de enfermedades erradicadas, la falta de provisión oportuna de vacunas por parte del Estado y el progresivo descenso en las tasas de cobertura en la comunidad encendieron una luz de alerta entre un grupo de pediatras e infectólogos, que el año pasado se reunieron a trabajar para reforzar el cumplimiento del calendario oficial. Producto de esa iniciativa es una ley aprobada ayer por el Congreso de la Nación, según la cual no sólo los niños tendrán que tener las vacunas al día para inscribirse en la escuela; también los adultos deberán acreditar las que les correspondan al momento de sacar el pasaporte, tramitar el DNI o renovar la licencia de conducir.

La nueva ley, surgida de un proyecto que presentó el diputado tucumano Pablo Yedlin, viene a actualizar el marco normativo vigente desde 1983 (cuando el calendario oficial sólo contemplaba seis vacunas obligatorias para niños, contra las veinte para distintos grupos etarios que rige en la actualidad) previendo nuevos medidas para facilitar el cumplimiento de la vacunación y mecanismos de control.

LOS PUNTOS PRINCIPALES

Entre sus principales puntos, la nueva ley prevé la confección del Carnet Único de Vacunación (CUV), un documento que le será requerido a todos los ciudadanos argentinos para la realización de diversos trámites como los mencionados ya. Pero también contempla la creación de un registro digital de la población vacunada, a fin de que el cumplimiento de las diversas vacunas y dosis requeridas quede en una base de datos sin necesidad de depender para su acreditación de certificados en papel.

El nuevo marco normativo establece además que “los padres, tutores, curadores, guardadores, representantes legales o encargados de los niños, niñas, adolescentes o personas incapaces serán responsables de la vacunación de las personas a su cargo”. Y en este sentido advierte que el incumplimiento de esa obligación “generará acciones de la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente, tendientes a efectivizar la vacunación, que irán desde la notificación hasta la vacunación compulsiva”.

La norma aprobada ayer -que ahora deberá ser reglamentada por la secretaría de Gobierno de Salud- también obliga al Estado a “garantizar la compra de vacunas e insumos”, exime de impuestos internos a las vacunas, establece “la prevalencia de la salud pública por sobre el interés particular” y penaliza a los integrantes de los equipos de salud que contraindiquen vacunas del calendario o falsifiquen certificados de vacunación.

 

 

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