Cómo será la vía judicial para bloquear el tributo a la riqueza
Edición Impresa | 6 de Diciembre de 2020 | 06:11

El kirchnerismo aprobó en el Senado la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para personas con patrimonios desde los $200 millones con el que se espera recaudar más de $300 mil millones, un tributo que los especialistas califican como “confiscatorio” y que dará trabajo a abogados y jueces por la alta judicialización que se espera.
En ese marco, tributaristas dieron cuenta de los argumentos que esgrimirán aquellas personas que estén alcanzadas por el aporte.
“Este impuesto está vulnerando verdaderas garantías constitucionales de los contribuyentes. Los $200 millones de riqueza a partir de la cual las personas humanas estarán obligadas a pagar el impuesto no tienen mínimo no imponible lo que puede generar gran inequidad tributaria entre personas de muy similar situación”, planteó el tributarista César Litvin.
Extremando el ejemplo, señaló: “Una persona que tenga una riqueza de $200.000.001 en la Argentina pagará 2 por ciento sobre esa suma ($4 millones), en tanto que alguien que tiene 199.999.999 no pagará nada”.
Uno de los motivos de litigiosidad según Litvin es la doble imposición. “Si sumamos los dos impuestos que gravan el patrimonio, Bienes Personales y este gravamen sobre la riqueza, en su máxima escala llegamos al 7,5 por ciento resultante de sumar la tasa de 5,25 por ciento a la que puede llegar el impuesto a las grandes fortunas por bienes en el exterior y el 2,25 por ciento del impuesto a los Bienes Personales, y es muy difícil que esos bienes generen una renta equivalente al impuesto, lo que lo vuelve confiscatorio, porque para pagarlo hay que vender patrimonio. Se llega así a la violación del derecho de propiedad”, argumentó.
Para el tributarista Sebastián Domínguez, el impuesto puede tener efectos diferentes en cada contribuyente. “En algunos casos puede afectar principios y derechos constitucionales y en otros no. El camino de discusión no es el mismo incluso para los que se afectan derechos. Hay que ver qué principios se afectan para ver cuál es el camino”, dijo a Infobae.
En ese sentido, ejemplificó: “La ley pretende que pague el impuesto la persona que al 31 de diciembre del año pasado era residente argentino a los fines fiscales y perdió la residencia de esa fecha hasta ahora. En ese caso, sería un impuesto que tendría una aplicación retroactiva y vulneraría ese principio justamente, el de la retroactividad”.
Y añadió: “El planteo es fácil de probar porque uno solo debe demostrar la perdida de residencia. En ese caso se puede plantear un recurso de amparo porque no hay que producir prueba sino aportar que perdió la residencia”.
Por otra parte, remarcó que “si una persona quiere plantear que el impuesto es confiscatorio porque absorbe una parte sustancial de la renta o el patrimonio, ahí hay que probar esa confiscatoriedad. Y para hacerlo hay que realizar una pericia. El recurso de amparo no es el mejor camino y si debería haber una acción declarativa. Si fuera por declaración jurada, alguien podría no presentarla y esperar. Pero eso le puede traer consecuencias con el fisco”.
El nuevo tributo alcanzará a 11.855 personas, según precisó la AFIP, un número superior a las 9.298 que se estimaba inicialmente, cuando el proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados.
ESTRATEGIAS
En tanto, su colega Iván Sasovsky dijo que las estrategias van a ir enfocadas a demostrar la confiscatoriedad del impuesto. “Eso hay que probarlo caso por caso, y por sumatoria con el Impuesto sobre los Bienes Personales que recae sobre la misma base”, aseguró.
Para Sasovsky, no se trata de un aporte, sino de “un impuesto con todas las letras y muy gravoso para un escenario post pandemia”.
“Sin dudas esto se va a judicializar porque hay casos que el contribuyente no tiene la liquidez para pagar ese impuesto, nunca se hizo un análisis serio al respecto”, concluyó.
El fundamento central de la iniciativa es utilizar lo recaudado -el Gobierno estima que serán aproximadamente 300.000 millones de pesos- para atender problemas económicos y sociales derivados de la pandemia de COVID-19.
La iniciativa prevé el cobro de 2 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de 200 millones de pesos. Esa tasa se elevará al 2,25 por ciento en casos bienes por entre $300 y $400 millones, al 2,50 por ciento entre 400 y 600 millones y al 2,75 por ciento cuando sea de $600 a $800 millones.
La tasa subirá al 3 por ciento cuando los patrimonios oscilen entre $800 millones y $1.500 millones; al 3,25 por ciento para el rango de $1.500 a $3.000 millones de pesos, y a partir de esa cifra será del 3,5 por ciento.
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