Nuevo esquema para los trailers y las casas rodantes

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Entró en vigencia el 1° de agosto el nuevo patentamiento de trailers y casas rodantes categoría O1. Entre otras exigencias, ya no pueden circular sin patente nacional (emitida por la DNRPA. Atendiendo reclamos del sector, la nueva normativa conjunta con la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, incorporó variaciones al peso y al ancho de los trailers de la categoría O1 para no dejar afuera a pequeñas casas rodantes. Admitió también espejos extensibles cuando el trailer o casa rodante resulte más ancho que el vehículo tractor. Otra modificación que hizo la Agencia Nacional de Seguridad Vial, dentro de la categoría es la puesta en marcha de una chapa única que sirva en todos los casos. Eso significa que el trailer será homologado y patentado junto a un vehículo tractor. El patentamiento también le servirá para ser utilizado en conjunto con cualquier otro vehículo. En lo referido a los trailers y casas rodantes categorías O2 y O3, la Subsecretaría de Transporte Automotor, determinó una ampliación en el tiempo de adecuación y regularización que abarca hasta el 31 de diciembre del 2023. Asimismo, incluye la modificación en la necesidad de tener a cada vehículo tractor con una chapa diversa, por lo tanto, unifica y reemplaza esto por la obligatoriedad solamente de una única chapa para todos los vehículos tractor.

Los propietarios que trasladen este tipo de vehículos sin cumplir con los nuevos requisitos a partir de vigencia de la medida, podrán recibir las sanciones previstas en la Ley Nacional de Tránsito. No está permitido circular con la “patente 101”. En este sentido, se reemplazará con una placa de identificación metálica otorgada por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), una vez certificado y corroborado que son seguros para la circulación por la vía pública. Para patentar en la categoría O1 se requerirá un Certificado de Seguridad Vehicular emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). La emisión requiere de un informe técnico confeccionado y firmado por un ingeniero matriculado.

 

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