La Provincia, fuera de una reducción impositiva
Edición Impresa | 20 de Octubre de 2024 | 03:11

El Gobierno redujo la tasa del Registro de la Propiedad Inmueble, pero lo que se analiza como un dato positivo en el mercado inmobiliario no derramará hasta la Provincia, ya que sólo se aplicará en la capital federal por impacto del ordenamiento jurisdiccional.
El decreto 902/2024 publicado en Boletín Oficial en el inicio de la semana establece la baja de la tasa del registro a la propiedad inmueble de la Capital Federal del 2% al 1%.
Este tributo especial se abona en toda inscripción, anotación, preanotación o reinscripción que no estuviera gravada previamente.
¿Por qué la novedad es exclusiva para la ciudad de Buenos Aires? Los especialistas explicaron en los últimos días que, a diferencia de lo que ocurre allí, en el resto de las provincias los registros están en la órbita local y son administrados por los gobiernos de cada jurisdicción.
El comunicado del Gobierno Nacional aclaró que cuando el documento presentado no estableciera monto de la operación, la tasa se calculará sobre la valuación fiscal del o de los inmuebles comprendidos, vigente al momento de solicitar la registración.
Por otra parte, cuando se trate de la compra de inmuebles con destino a vivienda propia, mediante planes oficiales de vivienda, se reducirá al 0,5% la tasa general. El extremo legal será acreditado mediante declaración jurada del interesado, efectuada bajo su responsabilidad civil y/o penal, formulada en el documento respectivo.
Por ejemplo, en una operación de 100.000 dólares, el pago sería de 200, pero desde el 29 de este mes se reduciría a 100 ó 50 dólares. En números concretos, sería un guiño para quienes compran con lo justo y una señal de alivio de la presión impositiva.
Esta medida entrará en vigencia a los 15 días de su publicación en Boletín Oficial, es decir, el 29 de octubre.
Por otro lado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó un tope para la tasa de financiación de los planes de facilidades de pago presentados por micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y pequeños contribuyentes.
A través de la Resolución General N° 5583/24, el organismo conducido por Florencia Misrahi estableció un límite en la tasa de interés para el semestre octubre a marzo, asegurando de esta manera que la tasa de interés no supere a la aplicable a otros contribuyentes.
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