Rechazan la domiciliaria a un condenado por lesiones
Edición Impresa | 4 de Junio de 2025 | 02:32

Leonardo Agustín Bermúdez, el hombre condenado a 8 años y 6 meses de prisión, al conjugarse dos condenas por decisión judicial, una emitida en Córdoba y la otra en La Plata, a causa del feroz ataque a una mujer trans en el Centro de la Ciudad, con quien había mantenido un encuentro íntimo en 2015, recibió una muy mala noticia. Es que la Cámara de Apelaciones de nuestra ciudad le denegó un recurso de hábeas corpus y, por tanto, deberá continuar en situación de detención.
La defensa oficial, concretado el encierro del imputado, pese a que un jurado popular no lo había encontrado culpable del delito de tentativa de homicidio agravada por odio de género y, sí le endilgó cargos por lesiones graves, decidió apelar nuevamente por su libertad, ya que al debate llegó con una domiciliaria.
Sin embargo, con los votos de las doctoras de la Sala II, Laura Lasaga y Miriam Ermilli, la instancia de revisión de esa petición se inclinó por la negativa.
En la presentación, la defensa de Bermúdez había calificado su reingreso a una cárcel como “ilegal y arbitraria” y peticionó el respecto por el “status quo ante”.
De todas formas, en el fallo denegatorio se consignó que “cuando el veredicto fuese condenatorio y correspondiere la imposición de una pena privativa de la libertad de efectivo cumplimiento, el Tribunal podrá disponer una medida de coerción, agravar la aplicada o aumentar las condiciones a que se encuentre sometida la libertad del imputado; aún cuando el fallo no se hallare firme y en proporción al aumento verificado de peligro cierto de frustración del proceso”.
“Ahora bien, el a quo ha valorado la existencia de un aumento verificado del peligro cierto de frustración de los fines del proceso, ponderando la pena de efectivo cumplimiento impuesta, lo que se traduce en una posibilidad cada vez más cierta de aplicación de una sanción de cierta magnitud”, se agregó.
Fue por esa situación que, al no encontrarse fundadas ningunas de las violaciones denunciadas, la Alzada rechazó la petición.
La condena unificada fue impuesta por decisión del juez del Tribunal II de La Plata, Claudio Bernard.
Moyano fue atacada un 23 de diciembre, al salir de su trabajo en Las Mirabal, una ONG que dependía de la Municipalidad de La Plata y que acompañaba a víctimas de violencia de género.
En la calle se cruzó con el acusado, a quien conocía por frecuentar boliches de la comunidad LGBTI. Fue después de un encuentro íntimo que el hombre regresó a la casa con otro compañero, quienes desfiguraron a golpes a Moyano y también la apuñalaron. Si no murió, fue por un milagro.
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