Con plazos más cortos, rige nueva ley de adopción

Se promulgaron los cambios en la normativa provincial, reforzando el interés del niño y agilizando los procesos

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El gobierno bonaerense promulgó ayer la nueva ley de adopción, sancionada en diciembre pasado por la Legislatura bonaerense. La norma modifica la ley 14.528, agilizando trámites, unificando plazos con la ley nacional y reforzando los derechos del niño a tener una familia.

De esa manera, el Poder Ejecutivo registró bajo el número la ley 15.610, que introduce modificaciones a la normativa de adopción vigente con el objetivo de agilizar los procesos.

La norma, publicada ayer en el Boletín Oficial de la Provincia, modifica la Ley 14.528, sancionada hace más de una década, y que había sido aprobada por la Legislatura bonaerense en diciembre a partir de una iniciativa del senador provincial Marcelo Feliú.

Durante el debate parlamentario se había enfatizado en la necesidad de modificar la normativa vigente a partir de acortar los tiempos de los trámites de adopción, un proceso que desde la Provincia describen como “complejo y burocrático”, y que impacta de manera directa en niños y adolescentes que esperan la resolución de su situación.

Entre los principales cambios, la ley busca unificar los plazos con la legislación nacional, agilizar dictámenes judiciales y administrativos y garantizar el patrocinio jurídico gratuito, con la asistencia de un letrado especializado en niñez y adolescencia durante los procesos de declaración de adoptabilidad y adopción.

La normativa reafirma el principio del Interés Superior del Niño, otorgando su participación a lo largo de todo el procedimiento. Significa esto que el niño es escuchado por las autoridades judiciales en todas las instancias del proceso, respecto de su condición.

LOS PUNTOS DE LA REFORMA

Entre los puntos principales de la reforma a la ley sancionada en 2013, se destacan que se reafirma el patrocinio gratuito de letrados especializados en niñez y adolescencia, se elimina el rol de la Defensoría Oficial y se garantiza que los “niños y adolescentes sean parte de los procesos administrativos de control de la legalidad de la medida de abrigo y adopción, estableciéndose como obligatorias las audiencias con los jueces de menores en persona”.

Ante la presencia de un menor en una situación de vulnerabilidad, la justicia debe impulsar su revinculación con sus tutores o familia extensiva. Si no existen adultos que puedan brindarle los cuidados correspondientes, el juez a cargo del caso debe decretar su condición de “adoptabilidad”. Hasta ahora, este plazo era de seis meses y con las reformas a la ley se redujo a la mitad. “El juez tiene la obligación de expedirse sobre la situación del menor en un plazo máximo de seis meses”, explicó ayer a EL DIA el autor de la iniciativa, el senador provincial de Fuerza Patria Marcelo Feliú.

 

“Hay un imaginario social que aún entiende a la adopción como un derecho de los adultos, cuando en realidad es un derecho de los niños a tener una familia”.

Marcelo Feliú
Senador provincial

 

El legislador, impulsor de la reforma de la ley de adopción de 2013, subrayó que la norma promulgada ayer reafirma el gran cambio de hace 13 años: “Poner en el centro de la escena los derechos del niño a tener una familia, combatiendo el imaginario existente hasta el momento, que entendía la adopción como un derecho de los adultos”.

 

El tiempo para determinar la situación de adoptabilidad se reduce a la mitad

 

Además, la nueva norma establece un plazo de 24 horas para que el organismo administrativo informe al juez interviniente sobre la situación de adoptabilidad, en caso de que no se hayan identificado a los padres o encontrado familiares o referentes afectivos del niño.

Y otorga el derecho de licencias especiales a los adultos adoptantes, en el plazo de guarda previo a la adopción definitiva, para reforzar la vinculación con el menor.

En este contexto, la norma hace hincapié en la función de los servicios de minoridad locales y zonales, dependientes de los municipios y de la Provincia. Se trata de los nexos entre el niño y su contexto y el Poder Judicial y los funcionarios y asesores a cargo de determinar su situación.

“Los servicios locales funcionan, primero, a cargo de los municipios, en los territorios. Cuando una gestión funciona bien, todo es mucho más fácil”, describió el legislador.

Y añadió que el espíritu de estos cambios es poder restituir a los niños en situación de abandono su derecho a tener una familia, a la vez que facilitando los procesos de adopción.

 

 

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