Ordenan trasladar a Robledo Puch a una cárcel con régimen semiabierto

Es el paso previo a la condicional. “El ángel de la muerte” tiene 65 años y hace 45 que está preso

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Muchísimos años antes de que los diarios argentinos le dedicaran una crónica breve a la captura de un pibe de 23 años imputado por 16 homicidios, este mismo país se estremecía con la historia de Carlos Eduardo Robledo Puch, otro pibe que entonces tenía 20. Apodado “el ángel de la muerte” por sus ojos claros y sus bucles rojos, en 1972 lo condenaron a reclusión perpetua más la accesoria por tiempo indeterminado, por 11 homicidios, 17 robos y dos violaciones.

Al joven que cayó por estos días en Ramos Mejía le dicen “Chaki Chan”, en una deformación del nombre del actor chino de Hollywood Jackie Chan. Y aunque es seguro que su estadía en una cárcel será más corta que la de Robledo Puch, parece que esta reclusión estaría por llegar a su fin: “El ángel de la muerte” empezó a recorrer el camino a la libertad condicional.

seguimiento terapeutico

La Justicia dispuso ayer que el (hasta ahora) mayor asesino serial del país sea incorporado a un régimen de detención semiabierto, lo que constituye un paso previo y necesario para que, en caso de que cumpla todas las condiciones fijadas por la ley de Ejecución Penal, Robledo Puch pida en el futuro la libertad condicional.

En la resolución se dispuso que el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) garantice al interno la asistencia de un psiquiatra y un psicólogo que hagan su seguimiento terapéutico.

En caso de no cumplir con las pautas, Robledo Puch volverá al régimen de máxima seguridad.

Debido a las condiciones particulares del caso, el detenido seguirá momentáneamente alojado en el penal de máxima seguridad de Sierra Chica, aunque las autoridades penitenciarias deberán darle las herramientas para que cumpla tareas dispuestas por el régimen de semilibertad y se adapte a la vida en sociedad (ver aparte) o su traslado a una unidad penitenciaria que garantice esas condiciones.

Según dijeron a este diario voceros del SPB, entre esas opciones se destaca la Unidad 12, de Gorina. “Son penales que privilegian la autogestión de los internos y que ellos mismos manejen sus tiempos, aunque no pueden salir a la calle sin un permiso judicial”, explicaron las fuentes.

La resolución de ayer fue firmada por el juez de la Cámara Penal de San Isidro Duilio Campora y el secretario de Camara, Bernardo Hermida Lozano, pero el primer paso lo dio en octubre pasado la Suprema Corte Bonaerense, al ordenar que Puch “pase de un ámbito cerrado a otro menos riguroso que lo vaya preparando para la vida en libertad”.

La medida quedó en manos de la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones de San Isidro, la que lo condenó en 1980 y que ahora le otorgó el beneficio luego de que análisis psicológicos lo beneficiaron al avalar que, con 65 años y 45 en prisión, está apto para salir.

“Algun dia voy a salir”

Robledo Puch nació el 22 de enero de 1952 en Olivos, hijo de un mecánico de la General Motors que vivía de viaje y de una descendiente de alemanes.

Lo echaron de cuatro escuelas, pasó un año en un instituto de menores por andar en una Siambretta robada y dejó su casa a los 16 para irse a vivir con su abuela, quien sólo le exigía que hablara alemán e inglés y que la acompañara a misa .

A fines de 1970 Robledo conoció a Jorge Ibáñez, quien le puso en las manos su primer arma y lo convenció de que podían robar y comprar cuantas cupés Dodge quisieran.

El 18 de marzo de 1971 mataron por primera vez. El 4 de febrero de 1972 detuvieron a “Carlitos” en la casa de su abuela, en principio por dos asesinatos.

Robledo Puch terminó confesando 11, más 17 robos y 2 violaciones, aunque luego argumentó que fue bajo tortura, algo verosímil en esos años de dictadura.

Lo juzgaron en 1980, cuando ya había pedido su traslado al pabellón de homosexuales de Sierra Chica. Lo condenaron a reclusión perpetua con la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado por 36 delitos. “Algún día voy a salir y los voy a matar a todos” , les gritó a los jueces.

Los internos “preferentemente dispondrán de alojamiento individual, pudiendo cuando las características edilicias de las dependencias o los requerimientos específicos del programa de tratamiento así lo exigieran, alojarse en dormitorios colectivos que garanticen su privacidad”, detalla la ley.

Las visitas en este régimen serán en todos los casos de contacto.

 

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