Para la Ley, un cadáver no deja de ser un objeto

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La agresión a un cadáver, también llamada “vilipendio”, no es un delito penal. La única figura delictiva relacionada a los restos de una persona fallecida está relacionada al artículo 171 de la Ley 11179, que dice: “Sufrirá prisión de dos a seis años, el que substrajere un cadáver para hacerse pagar su devolución”. En tanto, si puede existir una denuncia por daños a un mausoleo o una tumba. Desde el punto de vista Civil, se puede iniciar una causa por “daños y perjuicios”.

 

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