Las 7 modificaciones que ampliaron la base de consenso a la iniciativa

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En el dictamen de mayoría sobre legalización del aborto suscripto ayer, que contiene 22 artículos, se realizaron seis modificaciones:

En el artículo 1, los profesionales tendrán responsabilidad en los casos de mala praxis.

En el artículo 11 se aclara que “queda prohibida la objeción de conciencia institucional y/o ideario”.

En el artículo 12 se agregaron las obras sociales de las Fuerzas Armadas.

En el artículo 13 se agregó la capacitación en perspectiva de género y el respeto a los pueblos originarios.

En el artículo 14, se pone que se tomarán todos los recaudos para salvaguardar anonimato y confidencialidad de los datos recabados.

En el artículo 15 se agregó como definición para la Ley el concepto de salud entendido según la definición de la Organización Mundial de la Salud.

En el caso de las menores de 16 años, “la interrupción voluntaria del embarazo se debe realizar con su consentimiento informado en los términos del artículo anterior y conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial, en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y el artículo 7° de su decreto reglamentario. En particular, debe respetarse el interés superior del/a niño/a o adolescente y su derecho a ser oído”.

Recordemos que el dictamen de mayoría , tomó de base el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo presentado por la Campaña Nacional por el Aborto Legal Seguro y Gratuito, que garantiza el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional.

 

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