Aumentos por decreto a jubilados y otro blanqueo
Edición Impresa | 28 de Diciembre de 2023 | 04:29

El proyecto, tal como se preveía, suspende la vigencia de la ley de Movilidad Previsional. Y faculta al Poder Ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones pasivas, teniendo en cuenta los criterios de “equidad y sustentabilidad” económica.
Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder Ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo, prioritariamente, a los beneficiarios de más bajos ingresos.
Además, el proyecto de ley ómnibus crea una moratoria amplia para obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social.
También, un blanqueo con costo cero hasta los US$ 100.000. El plazo para adherir al Régimen de Regularización de Activos se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2024, y se podrán incluir bienes al 31 de diciembre próximo.
Se incluyó un apartado especial dedicado a la regularización de activos o blanqueo de capitales. La chance de sumarse al “Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social” arranca desde que se apruebe la ley hasta el 30 de noviembre del año que viene (2024).
El objetivo está en blanquear plata en efectivo, participaciones accionarias, propiedades, activos financieros (acciones, bonos, etc.) y bienes intangibles.
Además, también se pueden declarar si están afuera del país, sumándose las criptos a la movida. Eso sí, la ley no permite blanquear bienes que estén en paraísos fiscales.
El blanqueo tiene tres etapas, con una base imponible de US$ 100.000 y los porcentajes de pago van de 5% a 15%, aumentando con el tiempo.
Desde que se aprueba hasta el 31 de marzo de 2024, y si presentan todo antes del 31 de mayo: ahí pagás el 5%. Del 1° de abril hasta el 30 de junio de 2024, y si presentan todo antes del 31 de agosto de 2024: te toca el 10%. Desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2024, y si presentan todo antes del 30 de noviembre de 2024: ahí la tasa es del 15%.
BIENES PERSONALES
Además, se proyecta crear un Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) por todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, la cual opera el 31 de diciembre de 2027. Los contribuyentes que opten por adherirse al REIBP, tributarán el Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 en forma unificada.
Se modifican también las alícuotas del Impuesto sobre los Bienes Personales, que serán las mismas para bienes en el país y en el exterior, y fijan una tasa decreciente y progresiva de 1,5% para 2023 sobre el excedente de $456 millones hasta llegar a 2027 con una alícuota de 0,5% pero sin mínimo no imponible. No se incluyó la restitución del impuesto a las Ganancias para asalariados.
RETENCIONES, EMPLEO
Sobre las retenciones, eleva los derechos de exportación industriales a 15%, los de las aceiteras y harineras a 33%, establece en 8% la tasa para vitivinicultura, mantiene en 0% las alícuotas de varias producciones regionales, y pide la delegación legislativa para aumentar las retenciones a los hidrocarburos en el futuro.
Para la Promoción del Empleo Registrado, se establece que los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado, no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas.
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