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Los nuevos edificios no podrán tener en la fachada equipos de aire acondicionado

26 de Diciembre de 2013 | 00:00

A partir del año próximo quedará prohibido instalar equipos de aire acondicionado en la fachada de edificios de valor patrimonial catalogados, mientras que en los edificios existentes no catalogados se requerirá un estudio para la integración de esos equipos en la fachada y que deberá presentar el propietario ante la Comuna.

En tanto, en los nuevos edificios los equipos de aire acondicionado no podrán instalarse en la fachada y deberán cumplir con condiciones de protección del medio ambiente urbano, particularmente en lo relativo a contaminación sonora, estableciendo los niveles máximos de decibeles por equipo.

Así lo expresa una ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante local donde se indica además que “los propietarios o titulares de los inmuebles donde se ubican las instalaciones de aire acondicionado deberán mantenerlas en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, pudiendo ordenarse por el Municipio la ejecución de las obras necesarias para conservar las condiciones mencionadas”.

SANCIONES

Entre otras cuestiones, la norma establece que serán consideradas infracciones “graves y muy graves” la instalación de cualquier tipo de aparato en las fachadas de los edificios, visibles desde la vía pública, sin permiso “y cuando, por sus características, no puedan adecuarse posteriormente a las prescripciones establecidas en la presente ordenanza”, mientras que se considerará “muy grave” cuando la instalación se realice en un edificio patrimonial. Las multas podrían alcanzar en ese sentido hasta los $50.000 y el retiro de los equipos por parte del Municipio.

“Este tipo de instalación supone una alteración estética y de uso de los elementos comunes sobre los que se ubican, como la cubierta del edificio, las fachadas o las paredes de los patios, que debe ser normada, teniendo en cuenta además que, de acuerdo con el Código Civil, los muros, los patios, las fachadas o las cubiertas, donde suelen instalarse las partes externas de la maquinaria de aire acondicionado, son elementos comunes y pertenecen en copropiedad a los dueños de las unidades funcionales”, se indicó.

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