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De acuerdo al Decreto vigente, esa actividad no está comtemplada entre las permitidas
Luego de que entrara en vigencia en actual Decreto de Necesidad y Urgencia una de las dudas que se instaló fue la de si se podía practicar actividades deportivas individuales como salir a correr o andar en bicicleta.
Un automovilista que circulaba por la avenida 520 a la altura de la localidad de Melchor Romero grabó a un nutrido grupo de ciclistas y se quejó: "No solo que no repetan las disposiciones sanitarias sino que además cruzan los semáforos en rojo como si tuvieran ciertos privilegios. Lo que hacen es un peligro, si viene un auto por la calle que cruza y que realmente está en verde, puede atropellar y hasta matar a uno".
LO QUE DICE EL DECRETO
En el inciso B del artículo 3 del DNU se especifica: "Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios. Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias establecidas en el artículo 4° del Decreto N° 287/21. En ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia. Con el fin de realizar las salidas y desplazamientos previstos en este inciso no será necesario contar con autorización para circular".
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