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Ahora, la justicia determinó que la conductora no intentó engañar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Así, Diego Amarante, juez en lo penal económico, decidió el cierre de la causa que la AFIP impulsó contra Susana Giménez. En este contexto, según el magistrado, la conductora no intentó defraudarle 50 millones de pesos en concepto de Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al ejercicio fiscal 2019 a la agencia recaudadora: "Pretender aplicar el derecho penal a una persona por la sola razón de ser deudora de un impuesto es ajeno a nuestro sistema constitucional", argumentó Amarante.
Por otra parte, tanto el Ministerio Público como la AFIP, que se presentó como querellante, podrían apelar la decisión del juez de declarar la nulidad del dictamen fiscal por inexistencia de delito.
Recordemos que, todo comenzó a fines de agosto cuando la AFIP denunció a María Susana Giménez Aubert y a quienes puedan haber sido "coautores, cómplices, encubridores o instigadores" de los hechos cometidos en beneficio de la contribuyente en perjuicio de Dirección General Impositiva. La acusaban de haber "ocultado su realidad fiscal a través de la omisión de presentar la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales por el período fiscal 2019".
Vale destacar que, los representantes de la diva habían llevado a la justicia un reclamo denunciado que se trataba de un impuesto confiscatorio que afectaba su derecho de propiedad.
Para finalizar, la AFIP había rechazado estas explicaciones dentro de la órbita administrativa y avanzó con la denuncia penal, en la que recordó que "el Régimen Penal Tributario establecido en el artículo 279 de la Ley 27.430 prevé en su artículo 1º la pena privativa de libertad para aquellos sujetos que evadan fraudulentamente el pago de los tributos nacionales, siempre que el monto evadido exceda la suma de un millón quinientos mil pesos por cada tributo y por cada ejercicio anual".
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