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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta y consumo de una marca de aceite de oliva por descubrir que el producto era ilegal.
La medida fue dada a conocer este miércoles 12 de junio de 2024 mediante la Disposición 5224/2024, publicada en el Boletín Oficial de la Nación.
Luego de una extensa investigación la ANMAT llegó a la conclusión, tras la denuncia de un particular, que en el país se estaba vendiendo un aceite de oliva ilegal.
En consecuencia, el organismo dispuso: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea, del producto: Aceite de Oliva extra virgen marca Chango, RNE N° 12000579, RNPA N° 1200612, Chilecito - La Rioja en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento”.
La medida se toma “por carecer -el aceite de oliva- de registros sanitarios y estar falsamente rotulado al consignar en el rotulado un RNPA inexistente y un RNE correspondiente a un establecimiento no autorizado para la elaboración".
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