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Afecta a unos 800 mil trabajadores con sueldos brutos desde $1,8 millones para solteros y de $2,2 millones para casados
El Gobierno reglamentó ayer los cambios en el Impuesto a las Ganancias que el Congreso aprobó semanas atrás. Según se estima, la medida -que impactará con el sueldo de julio que se cobra en agosto- afectará a unos 800 mil empleados en relación de dependencia con salarios que partan de los $1,8 millones brutos ($1,5 millones netos) en el caso de los “solteros” y desde $2,2 millones ($1,9 millones netos) para los casados con dos hijos.
Con las firmas del presidente, Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo, el decreto 652/24 publicado en el Boletín Oficial repone el gravamen para los trabajadores que no declaren ninguna deducción por gastos ni por familiares a cargo (cónyuge o hijos que cumplan con ciertos requisitos), y tengan una remuneración mensual superior a $1.800.000. Es el caso de los llamados “solteros”.
Si se declaran familiares a cargo y/o gastos deducibles, la base para comenzar a tributar es más alta. Por ejemplo, para un empleado con dos hijos menores de 18 años el piso salarial es, en bruto, de $2.094.798,7 (neto de $1.738.682,9) y, para un empleado con un hijo a cargo, de $1.947.399,5 en bruto ($1.616.341,6 neto).
Quien declare cónyuge y dos hijos, en tanto, se vería alcanzado por el impuesto a partir de un sueldo bruto de $2.382.428,6 (neto aproximado de $1,9 millones).
Cabe aclarar que para declarar a cargo al cónyuge o conviviente, la persona en cuestión no debe tener ingresos propios mayores, en todo el año, a $3.091.035. En el caso de los hijos, debe tratarse de menores de 18 años o de personas incapacitadas para el trabajo.
Por ejemplo, para el actual mes de julio, un salario de $2 millones, sin cargas de familia ni deducciones pagará por Ganancias un monto aproximado de $12.185 mensuales (0,61% del bruto). En cambio, el mismo salario con dos hijos no pagará impuesto.
Quien cobre $3.200.000, sin cargas de familia ni deducciones, debería tributar $254.668 (7,96% del bruto). Por ese mismo sueldo, con cónyuge y dos hijos a cargo, el monto a abonar sería $131.283 (4,10% del bruto).
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De acuerdo a lo oficializado ayer, el mínimo no imponible se actualizará de manera excepcional el próximo mes de septiembre, cuando también se ajustarán los valores de las alícuotas, que van del 5% al 35%. Este año, el reajuste se hará según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de un trimestre. A partir de 2025, la actualización será en enero y en julio “por el coeficiente que surja de la variación del índice del IPC que suministre el Indec, correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al del ajuste que se realice”.
Según calculó la Oficina de Presupuesto del Congreso, los cambios en el tributo representarán para las arcas del Estado un ingreso equivalente al 0,43% del PBI, a distribuirse entre la Nación y las provincias. Esto le permitiría al Gobierno acercarse a su meta de equilibrio fiscal y a los gobernadores recuperar parte de los fondos que perdieron cuando el año pasado, a instancias del entonces ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa, el Congreso aprobó la quita de Ganancias. Incluso con el voto del diputado Milei.
Entre sus puntos más conflictivos, la reposición del impuesto computa ahora las horas extras y premios, a la vez que elimina la alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia.
Como novedad, la nueva ley permite deducir un 10% del monto de los alquileres destinados a vivienda y es válida tanto para inquilinos como para propietarios. También son deducibles los salarios del servicio doméstico, honorarios médicos, las cuotas de la prepaga, gastos por la educación de los hijos, entre otros ítems.
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