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No prescribe la causa por el robo de bebés

No prescribe la causa por el robo de bebés

El ex dictador Reynaldo Bignone sufrió un nuevo revés judicial al rechazar la Cámara Federal su intento para que se declarase

9 de Enero de 2007 | 00:00
La Cámara Federal porteña dispuso que continúe la investigación por el robo de bebés durante la última dictadura militar al rechazar un planteo de prescripción presentado por el ex presidente de facto Reynaldo Bignone, se informó en Tribunales.

La decisión fue adoptada por la Cámara Federal, que ratificó que el robo de hijos de mujeres detenidas ilegalmente en centros clandestinos de detención es un delito de lesa humanidad que por lo tanto no debe prescribir.

"La apropiación de niños por parte de agentes estatales en el contexto de un ataque sistemático contra una población civil debe ser considerada como un crimen contra la humanidad", indicaron los camaristas Gabriel Cavallo y Eduardo Cattani.

En esta línea, agregaron que "la sustracción de las menores señaladas y la sustitución de sus identidades son conductas subsumibles en el delito de desaparición forzada de personas" y, por ende, "imprescriptibles".

En la investigación judicial, Bignone está imputado por los delitos de sustracción, retención, ocultamiento y sustitución de la identidad de Laura Ruiz Dameri, Paula Logares, María Artigas de Moyano, Mariana Zaffaroni Islas, Eva Julien Grisonas y Anatole Julien Grisonas.

En esta investigación se encuentran procesados también el ex dictador Jorge Rafael Videla y varios miembros de la Marina que aún aguardan la tramitación del juicio oral y público en su contra.

En octubre de 2005 la Cámara resolvió que Bignone y el ex jefe de la Armada Rubén Franco, podían recuperar libertad hasta la sustanciación del juicio oral. En ese momento, los camaristas aclararon que la "multiplicidad de ilícitos" no era un "motivo suficiente para prolongar el encierro preventivo" de los imputados que ya llevan casi diez años sometidos a proceso sin condena firme.

GUGLIELMINETTI Y MIARA SEGUIRAN PRESOS

Por otra parte, el ex agente de inteligencia durante la última dictadura, Raúl Guglielminetti, continuará detenido procesado por delitos de lesa humanidad, según decidió la Cámara Federal, que también rechazó dejar libre al represor Samuel Miara, informaron fuentes judiciales.

En su resolución, los camaristas Martín Irurzun y Gabriel Cavallo insinuaron que Guglielminetti estaría en condiciones de conocer el destino final de muchos desaparecidos debido a que "se habría encontrado involucrado con la ejecución inmediata de las privaciones ilegítimas de la libertad y aplicación de tormentos".

El represor detenido el 11 de agosto pasado llegará preso al juicio oral en su contra, donde será acusado por privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas y tormentos reiterados en 102 ocasiones, hechos que fueron cometidos contra secuestrados en los centros clandestinos de detención "Olimpo" y "Automotores Orletti".

En cuanto a Miara, el ex subcomisario de la Policía Federal requirió su excarcelación porque el 9 de octubre último terminó de cumplir la condena impuesta por otro tribunal a raíz de la apropiación de los mellizos hijos de desaparecidos Reggiardo-Tolosa.

CAMBIO DE APELLIDO

Mientras tanto, la Justicia de Córdoba accedió al pedido de una mujer policía que solicitó cambiar su apellido por el de su padre biológico, desaparecido durante la última dictadura militar.

De acuerdo con el fallo de la Cámara de Familia de segunda nominación, que se conoció ayer, la cabo Pilar Szwedowicz, de 29 años, es hija de David Zarco Pérez, desaparecido en los primeros años del autodenominado Proceso de Reorganización Nacional, y podrá llevar su apellido.

La resolución, emitida la semana pasada y conocida ayer, se basó en análisis de ADN que ratificaron en un 99,9 por ciento el parentesco entre la joven, que tiene licencia psiquiátrica en la policía, y Zarco Pérez.

FALLO EN LA PLATA

Finalmente, la justicia federal de La Plata declaró imprescriptible un reclamo de indemnización por la desaparición forzada de un matrimonio ocurrida durante la última dictadura militar, informaron fuentes judiciales.

El fallo fue dictado por la Sala II de la Cámara Federal platense, que equiparó la imprescriptibilidad de una reparación económica reclamada por la madre de un desaparecido con la de los crímenes de lesa humanidad cometidos por el régimen instaurado entre 1976 y 1983.

En la resolución, los jueces Leopoldo Schiffrin y Gregorio Julio Fleicher le dieron la razón Amelia Ana María Villamil, que demandó por daños y perjuicios al Estado nacional por la desaparición en 1977 de su hijo Jorge Ayastuy, y su nuera Marta Elsa Bugnone.

En el trámite judicial y al responder la demanda, el Estado había contestado que el reclamo estaba prescripto por una norma del Código Civil que fijaba el plazo de prescripción en 2 años, pero la demandante contestó que en realidad era de 10 años, y los jueces de la Cámara ahora dijeron que este tipo de reclamos es "imprescriptible".

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