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La Justicia porteña le puso un freno a la posibilidad de volver a incinerar los desechos urbanos que no sean reciclables en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fue a través de un fallo que se conoció esta semana y que suspendió provisoriamente la aplicación de la ley que, en mayo pasado, aprobó la Legislatura porteña.
La ley habilitaba la utilización del sistema de combustión de residuos sólidos en hornos controlados, método rechazado por ambientalistas y cartoneros, que afirman que “es contaminante”.
Precisamente, el fallo de la jueza Elena Liberatori se dio a partir de una presentación realizada oportunamente por las cooperativas de cartoneros. En la resolución judicial se consideró que cualquier modificación al Código Ambiental debe hacerse con el procedimiento de doble lectura.
Se trata de un procedimiento que ha sido incorporado a la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, “como una forma de ampliar la participación pública de las normas ambientales” y que determina una serie de requisitos para la sanción de una norma, como la realización de audiencias previas.
Desde las cooperativas de cartoneros habían señalado que el Plan Urbano Ambiental “dispone que deba aprobarse un Código Ambiental para poner en marcha las acciones ordenadas en dicho Plan”, algo que aún no sucedió.
De este modo, la titular del Juzgado de 1° en lo Contencioso y Administrativo porteño ordenó la “suspensión inmediata de los efectos de la ley 5.966”. El 3 de mayo último esa norma modificó a la 1.854, de Basura Cero, de 2005, al autorizar la combustión de residuos sólidos urbanos con recuperación de energía (termovalorización). Sin embargo ahora la instrumentación de la quema de basura deberá esperar.
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En su momento, la demanda fue presentada por la Federación de Cooperativas de Reciclado Limitada, la Cooperativa El Ceibo, la Cooperativa de Trabajo El Álamo, la Cooperativa de Trabajo las Madreselvas, la Cooperativa de Trabajo Reciclando Trabajo y Dignidad, la Cooperativa del Sur, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM) y Greenpeace Argentina.
La ley ahora suspendida por la Justicia porteña habilitaba al distrito que gestiona un promedio de 6.700 toneladas diarias de residuos -que son clasificados para su correspondiente tratamiento- a retornar a la incineración, sistema que fue prohibido por la entonces Municipalidad de Buenos Aires en 1976.
La norma sancionada contempla una reforma a la ley de Basura Cero, aprobada por la Ciudad en 2005 para establecer los criterios y obligaciones del distrito para reducir la cantidad que destinaba a rellenos sanitarios, y plantea un nuevo cronograma para alcanzar aquellos objetivos.
En ese sentido, los plazos establecidos hace 13 años contemplaban una reducción de un 30% en la generación de basura destinada a relleno sanitario al 2010, de un 50% a 2012 y un 75% para 2017, y prohibía para 2020 “la disposición final de materiales tanto reciclables como aprovechables”.
Ahora, las nuevas metas propuestas son “de un 50% para 2021, un 65% para 2025 y un 80% para 2030, tomando como base los niveles enviados al Ceamse durante 2012”. Asimismo, prohíbe para 2028 “la disposición final de materiales tanto reciclables como aprovechables”.
Por otra parte, la propuesta del Ejecutivo resaltó la necesidad de incluir nuevas tecnologías para reducir “progresivamente” la disposición final en rellenos sanitarios, e impulsó modificaciones a varios artículos que prohibían la incineración como sistema de tratamiento.
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