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Preventiva para el conductor acusado por la muerte de la nena de 10 años en la rotonda de 71 y 131

Preventiva para el conductor acusado por la muerte de la nena de 10 años en la rotonda de 71 y 131
31 de Enero de 2022 | 16:36

El juez de Garantías de La Plata Guillermo Atencio convirtió en prisión preventiva la detención de Felipe Martínez Gelves (71), el conductor acusado en la causa que investiga el caso de Renata Pacheco, la nena de 10 años  que murió al ser embestida, a fines del año pasado, en la rotonda de 72 y 131.

Así lo revelaron hoy voceros judiciales, quienes explicaron que con esta resolución, en caso de quedar firme, dictada a pedido de la fiscal penal de La Plata que investiga el caso María Scarpino, Gelvez, el conductor del Ford Ka gris, que se llevó por delante a la menor, que murió como consecuencia del tremendo impacto, seguiría preso al menos hasta que el caso sea ventilado en audiencia oral y pública.  

También indicaron que en la preventiva, el juez dio por semiplenamente acreditado que el 29 de diciembre último, cerca del medio día, Gelvez, conduciendo en "estado de intoxicación alcohólica de primera grado y a alta velocidad"  embistió a la menor.

El imputado condujo "de manera imprudente y perdiendo el dominio del rodado", ascendió a la rotonda , ubicada en la vereda del cementerio, e impactó a la niña. que iba acompañada de su madre, se detalló en la preventiva.   

El doctor Atencio encuadró legalmente el caso como "homicidio culposo agravado"

Además explicó que si bien ese encuadre legal que estable penas de 3 a  6 años de prisión, que permitiría el benefico excarcelatorio por el mínimo previsto, se debe valorar que "la extensión del daño provocado por un conductor ebrio al tronchar la vida de una menor de tan corta edad, comporta un  dato susceptible  de ser computado al momento de dictar sentencia impeditivo de una condenación condicional", es decir, que de ser hallado culpable recibiría una pena de prisión de cumplimiento efectivo.

Este mismo razonamiento había sido utilizado la semana pasada por el juez al denegar el beneficio de la excarcalción al imutado, resolución que fue confirmada por los camaristas  de Feria en La Plata, Raúl Dalto y María Oyhamburu.

En esta causa,  la fiscal penal de La Plata María Scarpino había pedido la detención de conductor, a quien los testigos habrían intentado linchar tras el accidente. 

El terrible episodio ocurrió  en la rotonda de 72 y 131. Allí se encontraba la pequeña junto a su madre cuando, por causas que se intentan establecer, fue embestida por el vehículo con patente AA840CR, que era conducido Gelvez, quien quedó detenido al otro día por pedido de la fiscal y por orden del juez Atencio.

Sobre cómo se sucedieron los hechos, al margen de las evaluaciones técnicas, cuyos resultados aún no se conocen, hay distintas versiones. Una de ellas, fuertemente rechazada por los familiares de la víctima, indica que la nena se soltó de la mano de su madre y, al bajarse a la calle, fue impactada por el rodado. La otra, que le endilga toda la autoría al automovilista, refiere a que, varios metros antes, ya se lo veía realizando una conducción imprudente. Y en este punto, se volvieron a mencionar dos hipótesis: un neumático desinflado, que presuntamente le impidió mantener la marcha del rodado y evitar montarse sobre la rambla, donde, al parecer, golpeó a la menor con el guarda barro delantero derecho y una situación de aparente consumo excesivo de alcohol.

En este punto, fuentes policiales habían confirmado a este diario que el test de alcoholemia habría arrojado 0,51 gramos/litro, cuando el máximo permitido es de 0,50 gramos/litro. 

Cabe señalar que, en materia de accidentes de tránsito, el artículo 84 bis del Código Penal establece un agravante para los supuestos en que se superen los niveles permitidos de alcohol a la hora de salir a manejar. La norma eleva el mínimo y el máximo de la pena, tres y seis años de prisión respectivamente, a quien “por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte y el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia superior al permitido”.

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