Pagos electrónicos comprometidos por un nuevo impuestos / Web
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A quienes vendan por Mercado Libre les resultará más económico no enviar los fondos a través de una entidad financiera
Pagos electrónicos comprometidos por un nuevo impuestos / Web
La “guerra” entre bancos y fintech, en especial, Mercado Pago, suma un nuevo capítulo. Tras la presión de las entidades para que los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) no tengan ventajas diferenciales, lograron que las provincias dictaran una medida sobre el Impuesto a los Ingresos Brutos. Pero el tiro les salió por la culata.
En efecto, a los vendedores de ecommerce les convendrá más abonar a sus proveedores, empleados y AFIP desde Mercado Pago que tener que pasar por un banco tradicional.
La Comisión Arbitral que administra el Convenio Multilateral, la norma que reparte el Impuesto sobre los Ingresos Brutos entre las distintas provincias en las que opera una empresa, creó un nuevo mecanismo para el comercio electrónico.
Se trata de un régimen de retenciones, una forma de anticipar el cobro de un impuesto por parte de las administraciones tributarias, en este caso provinciales, para no sufrir pérdidas por inflación.
El Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA) replica para los PSP un régimen de retenciones similar al que ya se aplica a los cobros por cuentas en bancos tradicionales: el SIRCREB, según Tributum.news.
El gravamen que va a anticipar esta retención será el IIBB y los agentes de recaudación son los Proveedores de Servicios de Pago.
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La norma de la Comisión Arbitral anticipa la recaudación de los gravámenes sobre Ingresos Brutos creados o a crearse, al determinar la recaudación sobre importes acreditados por el vendedor sobre lo que le cobra a sus compradores.
Los montos de retención se podrán consultar en el sitio SIFERE web y los agentes de recaudación, así como las devoluciones por improcedencia podrán verse en www.sircupa.comarb.gob.ar.
El SIRCUPA entrará en vigencia el próximo 1 de octubre, cuando se termine el desarrollo de los sistemas informáticos.
Se trata de un régimen de retenciones para anticipar el cobro de un impuesto
“Los PSP son mucho más eficientes que los bancos tradicionales y hoy es imposible encontrar un contribuyente que no tenga cuenta en uno, entre los que Mercado Pago es el líder aunque no es el único”, afirma el tributarista Sergio Carbone.
El experto explica que “si se usa una cuenta bancaria tradicional, se soporta una retención de Ingresos Brutos por el sistema SIRCREB”, pero “si se utiliza un PSP, por ejemplo, si se vende por Mercado Libre, se sufrirá otra retención por SIRCUPA”, según Iproup.
De esta forma, ante una venta por comercio electrónico, hasta ahora ocurre lo siguiente: se vendía y cobraba por Mercado Pago; se transfería el dinero al banco; con esos fondos, se pagaban impuestos, proveedores y sueldos; desde el 1 de octubre, si se decide pagar a los proveedores por una entidad tradicional: SIRCUPA retendrá cuando entra el dinero a Mercado Pago, SIRCREB hará lo propio cuando se transfiera el dinero del PSP para abonar proveedores desde la cuenta bancaria.
Según Carbone, es probable que muchos usuarios de ecommerce disminuyan el uso de las cuentas en bancos.
La Resolución General 9/2022 de la Comisión Arbitral, publicada el martes en el Boletín Oficial, establece “un Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral, que será aplicable sobre los importes acreditados en cuentas de pago” en los PSP.
“Dicho sistema estará disponible en Internet para que los responsables cumplan con la presentación de declaraciones juradas, los contribuyentes involucrados puedan consultar la atribución e imputación de los importes resultantes de la aplicación del mencionado régimen y las jurisdicciones administren el padrón de sujetos comprendidos”, agrega Iproup.
La norma también aprueba “el Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago ‘SIRCUPA’, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas de pago abiertas” en las fintech.
Esto se aplicará “según lo establecido por los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos creados o a crearse, correspondientes a contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral y locales establecidos o que establezcan las jurisdicciones adheridas”.
“El universo de agentes de recaudación son los previstos en el sistema informático con los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen Cuentas de Pago (PSPOCP) definidos el Banco Central, que serán publicados en el sitio www.sircupa.comarb.gob.ar”, precisa.
Carbone remarca que ya “la contabilidad está mucho más complicada y esta superposición de regímenes genera permanentemente saldos a favor que luego, para pedir su recupero o atenuación de retenciones, implica fiscalizaciones es todo un absurdo”.
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